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Carabinero enfrenta pena de 540 días por muerte de hincha de Colo Colo tras atropello en febrero pasado

La fiscalía le imputa cuasidelito de homicidio y pidió un procedimiento simplificado. Para algunos querellantes en la causa, incluida parte de la familia de la víctima y el INDH, la calificación de los hechos debería ser de homicidio calificado y violencia innecesaria con resultado de muerte, respectivamente.

30 de Junio de 2021 | 16:50 | Por Andrea Chaparro, El Mercurio
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El vehículo que conducía el uniformado.

Carabineros/Archivo
A comienzos de febrero de 2020, se registraron cinco muertes en 72 horas, en varios incidentes. La primera de ellas fue el fallecimiento de Jorge Mora (37), hincha de Colo Colo y quien murió tras ser atropellado por un camión de Carabineros, en la intersección de Exequiel Fernández con Departamental, en Macul. Poco antes, se había jugado realizado un encuentro entre el equipo albo y Palestino en el Estadio Monumental.

La formalización del conductor del camión en el contexto de la crisis social, recrudeció las manifestaciones en repudio a lo ocurrido. El cabo primero de Carabineros fue imputado por cuasidelito de homicidio y quedó con arraigo nacional y firma mensual.

Este mes, transcurrido cerca de un año y medio de investigación, el Ministerio Público ingresó un requerimiento de procedimiento simplificado al 13º Juzgado de Garantía de Santiago.

La Fiscalía Metropolitana Oriente solicita que "se condene al requerido C.M.M.O. a la pena de 540 días de reclusión menor en su grado mínimo, la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de 2 años, las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa, conforme lo dispone el artículo 45 del Código Procesal Penal".

Así se lee en el escrito del fiscal Felipe Sepúlveda, quien dirigió la indagatoria, quien además describe en su presentación que "el requerido atropelló al peatón víctima Jorge Luis Mora Herrera, quien se encontraba en la calzada, junto a una gran cantidad de personas que salían del Estadio Monumental, tras disputarse un encuentro deportivo en dicho recinto. A raíz del impacto sufrido por la víctima esta resultó con politraumatismo esquelético visceral por hecho de tránsito, lesiones vitales y coetáneas, compatibles exclusivamente con trauma contuso de alta energía, las que le causaron la muerte".

"No hay dolo homicida, sino más bien negligencia"


El persecutor explicó a este medio que la decisión de un procedimiento simplificado se adoptó porque "creemos que no hay un dolo homicida, sino más bien una negligencia o imprudencia de parte de esta persona".

La fiscalía ofrecerá 23 testigos, seis peritos, entre otros medios de prueba, para sostener su tesis. El tribunal fijó para el próximo 10 de agosto la audiencia en que se realizará el procedimiento simplificado.

Ahora, entre los querellantes en la causa, incluida parte de la familia de la víctima y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la calificación de los hechos fue distinta a la determinada por la fiscalía.

Querellas con otras calificaciones jurídicas de los hechos


La hermana de la víctima, María José Mora, se querelló el año pasado contra el cabo de Carabineros por el delito de homicidio calificado. La acción también estaba dirigida contra el exministro del Interior, Gonzalo Blumel, y el general director de Carabineros de la época, Mario Rozas. Sin embargo, estos últimos no fueron formalizados y tampoco incluidos en el reciente requerimiento del Ministerio Público.

El INDH, por su parte, dirigió su acción penal contra quienes resultaran responsables de violencia innecesaria con resultado de muerte.

También accionaron penalmente Macarena Ortega, en representación del hijo en común que tiene con la víctima, así como el municipio de Pudahuel, dado que la víctima era vecino y dirigente de la comuna. Ambas querellas coinciden con imputación del Ministerio Público y son por cuasidelito de homicidio.

La defensa del imputado ha dicho en diferentes ocasiones que no hubo dolo por parte de su representado.
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