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Suprema ordena a delegados de Arauco y del Biobío coordinar acciones para prevenir hechos de violencia

El máximo tribunal acogió el recurso de protección interpuesto en representación de empresarios afectados por los ataques, quienes apelaban un actuar arbitrario e insuficiente de las autoridades de la administración anterior para hacer frente a los ilícitos en la región.

20 de Abril de 2022 | 13:37 | Redactado por Carolina González, Emol.
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Imagen de un ataque ocurrido en Curanilahue, Región del Biobío en 2019.

Aton (Archivo)
La Corte Suprema acogió este miércoles el recurso de protección interpuesto en representación de empresarios, trabajadores y gremios víctimas de ataques en la macrozona sur, ordenando a los delegados presidenciales de la Región del Biobío y la provincia de Arauco a realizar las coordinaciones pertinentes para evitar hechos de violencia en la zona.

En la sentencia, la Tercera Sala del Máximo Tribunal estableció que ha existido un actuar arbitrario e insuficiente por parte de las autoridades recurridas para hacer frente a los hechos delictivos que se reiteran en la zona sur del país, señalando que, pese a los esfuerzos ante los ataques "es posible advertir la falta de eficacia".

"Aun cuando se torna evidente el despliegue del esfuerzo significativo realizado durante bastante tiempo por abordar la problemática expuesta (...) en vista de la continuidad e incluso el aumento de acciones de violencia como las que se denuncian por la parte recurrente, es posible advertir la falta de eficacia de las políticas implementadas para enfrentar este tipo de sucesos", inicia el fallo.

"Más allá de la indudable necesidad de reparación o compensación en favor de aquellos que se han visto afectados con la ocurrencia de este tipo de hechos delictivos, lo cierto es que no puede perderse de vista que el enfoque primordial debe estar focalizado en la adopción de medidas tendientes a prevenir tales contingencias, puesto que, de ese modo será viable quitar de en medio la necesidad de reparación o, al menos, se reducirá de manera significativa", sostiene el fallo.

Cabe destacar que, el pasado 13 de octubre, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección interpuesto en representación "de todas las personas que concurren por sí y por sus empresas y trabajadores, singularizadas en el exordio", en contra del delegado presidencial regional del Biobío y del delegado presidencial provincial de Arauco de la administración anterior.

Ante la concurrencia de las partes a la Corte Suprema por la resolución en cuestión, ahora el máximo tribunal ha determinado que, por consiguiente a todos los antecedentes antes expuestos, "se advierte que la actuación de las autoridades recurridas ha implicado de su parte el desempeño de una facultad, pero, desatendiendo, sin más, la necesidad imperiosa de adoptar tempranamente las medidas conducentes a evitar las consecuencias perniciosas a que se han enfrentado un grupo específico de los habitantes de la nación".

"En especial si como en este asunto se hallan involucradas garantías primordialmente protegidas por el constituyente, como la igualdad ante la ley y la integridad psíquica y física, razón por la cual el presente recurso deberá ser acogido en los términos que se dispondrá en lo resolutivo de esta sentencia", concluye el nuevo fallo.

En línea con lo anterior, el tribunal resolvió que "se revoca la sentencia apelada de trece de octubre del año dos mil veintiuno y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección, solo en cuanto las autoridades recurridas deberán en un breve plazo, previa coordinación con las carteras ministeriales correspondientes, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a evitar el acaecimiento de este tipo de sucesos en su contra".
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