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CC aprueba indicación de Vamos por Chile sobre "principio de no devolución" y queda en borrador de nueva Constitución

La norma era de la convencional Paulina Veloso (RN) y plantea que "ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras del Estado donde su vida o libertad pueden verse amenazadas".

02 de Mayo de 2022 | 18:54 | Por Cecilia Román, Emol.
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El pleno del órgano constituyente votó esta tarde las últimas normas de la Comisión de Principios Constitucionales.

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La Convención Constitucional aprobó la norma que consagra el "principio de no devolución" y la envió al borrador de Carta Magna que se plebiscitará el 4 de septiembre.

El artículo visado plantea que "ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras del Estado donde su vida o libertad pueden verse amenazadas, corra riesgo de persecución o graves violaciones de derechos humanos", y era de autoría de la convencional Paulina Veloso (RN). Este logró 115 votos a favor, 14 en contra y 22 abstenciones.

Los convencionales de izquierda y centroizquierda apoyaron la norma porque la redacción original de la propuesta de la comisión establecía que había que "poseer la calidad" de refugiado para acceder a la protección y aquello, según explicó Tammy Pustilnick (INN), podría generar una interpretación del artículo que excluyera a algunos inmigrantes en esa condición.

"La propuesta hacía una enumeración taxativa de situaciones de vulneración que creemos que no venían al caso, por eso estimamos necesario realizar una propuesta y fue aprobada por el pleno por una amplia mayoría. Esto nos tiene muy contentos y de cierta forma nos da tranquilidad porque desde el inicio hemos tratado de aportar en la comisión", comentó Paulina Veloso.

No obstante, desde la centroizquierda también criticaron que la comisión no logró acordar una propuesta para el "derecho a migrar", rechazado previamente, por lo que podría quedar fuera del borrador de Constitución.

"No logramos llegar a un acuerdo por lo que no hubo una propuesta. Es una lástima que hayamos quedado sin norma en ese ámbito, pero al menos quedamos con el derecho al asilo y el principio de no devolución, que marcan el cómo manejar la movilidad humana que está ocurriendo a nivel mundial", aseguró Lorena Céspedes (INN), coordinadora de la comisión.

Otras materias aprobadas

Además, el órgano constituyente envió nuevos incisos al borrador sobre derechos de las personas mayores, personas con discapacidad, y derechos de los niños, niñas y adolescentes.

En cuanto al primer punto, los convencionales visaron que "las personas mayores tienen derecho a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato por motivos de edad; a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan" (127-1-19)

Sobre discapacidad se visó que existirá, de conformidad a la ley, un sistema nacional a través del que se elaborarán, coordinarán y ejecutarán las políticas y programas "destinados a atender las necesidades de trabajo, educación, vivienda, salud y cuidado de las personas con discapacidad".

La ley tendrá que garantizar que la elaboración, ejecución y supervisión de esos planes y programas "cuente con la participación activa y vinculante de las personas con discapacidad y de las organizaciones que las representan" (107-22-22).

Finalmente, se aprobó que "el Estado garantizará los derechos lingüísticos e identidades culturales de las personas con discapacidad, los que incluyen el derecho a expresarse y comunicarse a través de sus lenguas y el acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación. Asimismo, garantizará la autonomía lingüística de las personas sordas en todos los ámbitos de la vida" (103-16-29).

En cuanto a los niños, niñas y adolescentes, estos tendrán derecho a vivir "en condiciones familiares y ambientales que les permitan el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad".

El Estado deberá velar porque estos "no sean separados de sus familias salvo como medida temporal y último recurso en resguardo de su interés superior, en cuyo caso se priorizará un acogimiento familiar por sobre el residencial, debiendo adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar su bienestar y resguardar el ejercicio de sus derechos y libertades" (115-14-21).

Por último, se aprobó que la ley tendrá que establecer un sistema de protección integral de garantías de los derechos de NNA, y que "el Estado asegurará por medio de este sistema, que ante amenaza o vulneración de derechos, existan mecanismos para su restitución, sanción y reparación" (112-14-22).

Integración del derecho internacional

En tanto, durante esta jornada se aprobó un nuevo inciso sobre la recepción e integración del derecho internacional de los derechos humanos, que dice que "los derechos y obligaciones establecidos en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los principios generales del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional consuetudinario de la misma materia forman parte integral de esta constitución y gozan de rango constitucional" (111-30-9).
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