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CC desiste de "Consejo Superior" y despacha a borrador figuras del Fiscal Nacional y Defensor Nacional

El órgano constituyente concluyó la votación de las normas sobre Ministerio Público y Defensoría Penal Pública.

13 de Mayo de 2022 | 13:41 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Comisión de Sistemas de Justicia no volvió a formular reemplazos para los consejos superiores propuestos previamente.

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La Convención Constitucional desistió de la fórmula del Consejo Superior para dirigir el Ministerio Público y despachó al borrador de Constitución la figura del "Fiscal Nacional", que estará finalmente a la cabeza de este organismo.

Así, se aprobó que "la dirección superior del Ministerio Público reside en la o el Fiscal Nacional, quien durará seis años en el cargo -y no ocho, como es hoy-, sin reelección" y será nombrado por la mayoría de los integrantes del Congreso y la Cámara, en sesión conjunta, a partir de una terna propuesta por el Presidente, que contará con la asistencia del Consejo de la Alta Dirección Pública.

Al Fiscal Nacional le corresponderá dirigir las sesiones del Comité del Ministerio Público y presidirlo, representar a la institución ante otros órganos del Estado, impulsar la ejecución de la política de persecución penal en el país, y designar a los fiscales regionales y a los fiscales adjuntos a partir de ternas (108 votos a favor, 10 en contra y 31 abstenciones).

Para acceder al cargo, el Fiscal Nacional debe tener al menos 15 años de título de abogado, ciudadanía con derecho a sufragio y contar con "comprobadas competencias para el cargo" (119-4-26).

En tanto, se visaron las atribuciones del Comité del Ministerio Público, que deberá asesorar al Fiscal Nacional en la dirección del organismo, designar al director ejecutivo nacional, proponer al Fiscal Nacional las ternas para el nombramiento de fiscales adjuntos y otros.

Sobre su remoción se estableció que tanto este como los fiscales regionales serán removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente, del Congreso o de 10 de sus miembros, por incapacidad, falta grave a la probidad o negligencia. La remoción de los fiscales regionales también podrá ser solicitada por el Fiscal Nacional (126 a favor y 22 en contra).

Defensoría Penal Pública


Tampoco hubo apoyo para el Consejo Superior de la Defensoría Penal Pública, por lo que la Comisión de Sistemas de Justicia presentó el diseño de este órgano con un Defensor Nacional al mando.

Este durará seis años en su cargo, sin reelección, lo que se aprobó por 142 votos a favor y 8 abstenciones. Este será nombrado por la mayoría de los integrantes del Congreso y la Cámara, en sesión conjunta también, a partir de una terna propuesta por el Presidente (112-16-23).

No obstante, luego se aprobó una segunda propuesta, que dice que el Defensor del Pueblo igual será designado por el Poder Legislativo, pero a partir de una terna elaborada "por las organizaciones sociales y de derechos humanos, en la forma que determine la ley" (107-31-13).

Sobre la Defensoría Penal Pública también se aprobó que en las causas en que intervenga, "podrá concurrir ante los organismos internacionales de derechos humanos" (105-35-12), y que la función de defensa penal pública será ejercida por defensoras y defensores penales públicos (125-9-16), además de que los servicios de defensa jurídica que preste este órgano no podrán ser licitados o delegados en abogados particulares, a excepción de casos que pueda establecer la ley (104-38-10).

En otro tema, también llegó al borrador de Carta Magna que habrá al menos un Tribunal Ambiental en cada región del país (107-29-10).

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