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Juzgado acoge solicitud de fiscalía y decreta sobreseimiento de carabinero que hirió a civil en la Alameda

A nueve meses de los hechos se concluyó que "fueron los manifestantes quienes acometieron contra los funcionarios".

04 de Noviembre de 2022 | 13:36 | Por Lorena Cruzat, El Mercurio
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El Mercurio
Este viernes el Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago determinó sobreseer al carabinero Leonardo Quezada, quien usó su arma de servicio cuando era agredido por una turba el 25 de marzo de este año.

No solo Quezada sino también sus compañeros de equipo, que controlaban el tránsito en la Alameda el 25 de marzo, fueron atacados por un grupo de manifestantes con distintos elementos contundentes como piedras.

Ese día fue Quezada quien sufrió el ataque más violento, ya que cayó al piso quedando a merced de sus atacantes. Fue en este contexto que sacó su arma de servicio y disparó hiriendo a un civil, A.A.V.F., que era repartidor de comida y no tenía relación con la marcha.

La dinámica de los hechos la estableció el persecutor de Alta Complejidad, Francisco Ledezma.

"Se logró establecer que Quezada al momento de ser agredido por los manifestantes estaba efectuando labores de tránsito, sin contar con ninguna medida adicional de protección, como por ejemplo un traje, chaleco antibalas casco o zapatos de seguridad", estableció la investigación.

También que estaba con tres compañeros y que "es importante agregar que, previo a la agresión, los manifestantes le arrebataron a Quezada el bastón retráctil, único elemento, además del arma de fuego, idóneo para repeler una agresión. Quezada estaba siendo atacado en el suelo, por a lo menos siete sujetos, que incluso le pudieron haber arrebatado su arma de servicio y, de acuerdo a su relato, temió por su vida".

El fiscal Ledezma sostuvo que "Quezada en ningún momento buscó enfrentarse con los manifestantes sino que siempre huyó de los mismos para evitar un mal mayor".

"El uso del arma de fuego se produce exclusivamente una vez que fue tumbado en el suelo y recibió golpes de varios manifestantes. Un linchamiento". Dice que "un grupo de personas puede provocar la muerte o un serio daño físico por lo que en concepto de este fiscal la reacción y el medio empleado, dada la formación del carabinero, el contexto, la cantidad de manifestantes, se encuentra justificada".

"Tal como lo planteamos desde el primer día, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago concedió el sobreseimiento definitivo, por el artículo 250 c, del funcionario de Carabineros don Leonardo Quezada, quien fue agredido por una turba en marzo y debió utilizar su arma de servicio para repeler este ataque", valoró el defensor penal público Pablo Sanzana.
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