EMOLTV

¿Hay seguimiento?, ¿qué ocurre si vuelven a delinquir?: Las dudas que se abren tras la polémica de los indultos

El subsecretario Monsalve afirmó hoy que "existen mecanismos que resguardan sanciones duras", en caso de que exista reincidencia. Expertos aclaran que no hay una normativa que condicione a un indultado a no volver a cometer ilícito.

09 de Enero de 2023 | 18:24 | Por Daniela Toro, Emol.
imagen

El Presidente Gabriel Boric indultó el pasado 30 de diciembre a 12 personas condenadas por delitos asociados al estallido social y a un ex frentista.

Aton
Pese a que el Gobierno ha salido a dar explicaciones en más de una oportunidad y ha insistido en cerrar la polémica de los indultos, las presiones para que se "revoque" la medida no han cesado por parte de la oposición.

De hecho, esta mañana se reforzó el llamado al Presidente Gabriel Boric a dar pie atrás con la medida luego que la ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo, explicara que no se cumpliera el criterio (fijado por el Mandatario) "de excluir a personas que tuviesen antecedentes complejos previos al estallido social"; una "desprolijidad" que terminó con la salida de la titular de Justicia y el jefe de Gabinete.

En la instancia, la secretaria de Estado también afirmó que "no es posible" revocar este beneficio, aludiendo a "una serie de criterios que tienen que ver con el derecho que se crea en este acto administrativo, con el principio in dubio pro reo. Lo importante es insistir en que no hay vicio jurídico, son completamente legales".

Y ante esa explicación del Gobierno, surgen dudas sobre la eventualidad de que alguno de los 13 indultados vuelva a cometer algún ilícito y un posible "seguimiento" o "monitoreo" a estas personas una vez que recibieron el beneficio.

La duda, además, apunta a uno de los casos más bullados a raíz de los beneficios: el de Luis Castillo Opazo, quien ya había sido privado de libertad en 2006 y cuyo nombre aparece ligado a 26 causas, según reveló T13. Además, recibió cinco condenas anteriores en 2005 por robo simple y robo frustrado; en 2006 por lesiones menos graves y por robo con violencia; y en 2017, por robo por sorpresa.

Gobierno: "El seguimiento lo hace Gendarmería"


El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, dijo en conversación con EmolTV que existen mecanismos que resguardan "sanciones duras" en caso de que una persona indultada vuelva a delinquir, y aseguró que Gendarmería está a cargo del seguimiento.

"Con todos los indultos opera la misma norma. Son personas que fueron procesadas, donde la justicia estimó que había evidencia que los responsabilizaban, fueron condenados y el indulto lo que hace es suspender la condena", sostuvo.

Sin embargo, subrayó que esas personas "quedan con arraigo nacional, con firma mensual y si llegan a cometer otro delito, se les sanciona por el nuevo delito, y pierden la conmutación de la pena. O sea, pagarían por el nuevo delito y además tendrían que cumplir lo que les restaba de prisión por la pena que fueron indultados".

Al ser consultado por el seguimiento de los indultados, la autoridad recalcó que existen mecanismos que "resguardan sanciones duras en caso que esa persona vuelva a cometer un delito (...) hay arraigo nacional, hay firma mensual y obviamente el seguimiento lo hace Gendarmería".

En el caso del indulto particular a Luis Castillo, firmado por la entonces ministra de Justicia, Marcela Ríos, al que accedió Emol, se establece que "el control del cumplimiento de la pena quedará a cargo de Gendarmería de Chile, previa comunicación del presente decreto al tribunal competente".

Eventual reincidencia


En conversación con Emol, expertos en derecho afirman que en Chile no existe una normativa que condicione a un indultado a no volver a delinquir. De esta manera, lo que se aplica en aquellos casos son las normas generales, donde la persona, en caso de reincidir, podría enfrentarse a una agravante en una nueva causa.

El abogado Alejandro Gómez, coordinador ejecutivo del Centro de Educación Ciudadana de la Universidad San Sebastián, aclara que "efectivamente lo que establece el indulto es un perdón o gracia que se otorga a la persona que ha sido condenada; por lo que si esta persona volviera a delinquir, aplicando normas generales, podría ser considerado reincidente para efectos para la aplicación de una agravante".

Esto, porque el indulto no borra la condena o historial delictual de la persona sobre la que se aplica el beneficio, sino que "dar la sanción por cumplida".

En esa línea, Gómez recalca que en nuestro país no existe una norma "donde se condicione el indulto a no volver a delinquir", tal como ocurre en España, por ejemplo, donde en caso de reincidencia la persona debe volver a cumplir la condena respecto del delito que se le indultó. Así, si una persona había sido condenada a cinco años y ya habían cumplido tres de presidio, deberán cumplir los dos años restantes.

Por su parte, Javier Couso, abogado constitucionalista de la Universidad Diego Portales, explica que "si un indultado vuelve a delinquir, no sólo se expone a cárcel, sino que en su hoja de vida aparecerá como delincuente con antecedentes penales. Eso le jugará en contra por no poder beneficiarse por la atenuante de tener irreprochable conducta anterior".

En otras palabras, "como el indulto no borra el delito, si la persona vuelve a cometer uno, no sólo va a ser castigado por ese nuevo ilícito, sino que probablemente se verá enfrentado a una agravante que aumente la pena", explicó.

¿Hay seguimiento a los indultados?


Consultado por el eventual seguimiento a los indultados, y en atención a lo señalado por el subsecretario Monsalve -sobre que esta responsabilidad recae en Gendarmería-, Gómez afirma que no se debe confundir el indulto con los beneficios carcelarios, como la libertad condicional o las salidas dominicales.

En el caso del indulto, "no hay un seguimiento del indultado, porque el indultado, para todos los efectos legales, se entiende que una vez que recibe el beneficio, la sanción se cumplió al 100%".

De hecho, explica que un eventual "seguimiento" estaría "en los márgenes de la ley, porque no tendría sentido seguir a una persona cuya pena se dio por cumplida. ¿Qué pasa si la persona vuelve a delinquir?, ¿de qué serviría un seguimiento de Gendarmería?, de nada, porque el efecto no es ninguno; la persona, en caso de reincidir, va a iniciar un nuevo proceso, habrá una nueva investigación, y eso podría ser considerado como agravante".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?