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Suprema acoge parcialmente recurso de nulidad de defensa de Nicolás López y establece dos condenas de 3 años y un día

Según indicó el Poder Judicial, quedará con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual.

06 de Febrero de 2023 | 12:09 | Por Javiera Riquelme, Emol.
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El Mercurio (archivo)
La Corte Suprema acogió parcialmente hoy el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Nicolás López, en contra de la sentencia del TOP de Viña del Mar del 16 de mayo de 2022, por delitos de abuso sexual.

En concreto, el Poder Judicial informó -en sentencia de reemplazo- que se condenó al cineasta a dos penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual.

"Se declara que Nicolás Javier López Fernández, ya individualizado, queda condenado, en calidad de autor de dos delitos de abuso sexual, previstos y sancionados en el artículo 366 inciso 1°, en relación con los artículos 361, N° 1 y 366 ter, todos del Código Penal, cometidos en la ciudad de Santiago entre los meses de noviembre y diciembre de 2015, en perjuicio de M.J.V.S.; y, a fines de noviembre de 2016, en perjuicio de D.M.C., respectivamente, a dos penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, cada una, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, sin costas", dice la sentencia.

Agrega que "reuniendo los requisitos establecidos en la Ley 18.216, en su texto vigente al momento de los hechos, se sustituyen las penas privativas de libertad por las de libertad vigilada intensiva (...) por el mismo plazo de intervención de las penas impuestas".

En el fallo también se establece la prohibición para López de "aproximarse a las víctimas, o de comunicarse con ellas y la obligación de cumplir programas de terapia sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares".

Es necesario recordar que en 2022 López había sido condenado a la pena única de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Sin embargo, en contra de ese fallo, la defensa recurrió al recurso de nulidad, cuya audiencia se concretó el 17 de enero pasado.

En esa instancia, la defensa afirmó que los jueces “sucumbieron a la presión” de las redes sociales. "La presión fue la estrategia, la develación en un artículo de larga circulación, pero sobre todo, con una gran repercusión en redes sociales con contaminación de relatos. La estrategia supuso que desde lo comunicacional se obligara, se empujara, se amedrentara a todo aquel que estuviera en posición de juzgar en esta causa, poniendo en riesgo la libertad de los jueces", sostuvo la abogada Paula Vial aquel martes.

Añadió que "los jueces no fueron capaces de abstraerse de esta situación y sucumbieron a la presión de las redes. Esta presión llegó a tal nivel que incluso existió intervención autoridades de gobierno en relación a la causa, tanto del gobierno anterior (...) como de este".

En respuesta, ese día el Ministerio Público pidió al tribunal que rechazara "el recurso en todas sus partes y confirme el fallo del Tribunal Oral en lo Penal" y la abogada querellante, Grace Schmidt, respondió que "la única persona que ha contratado un asesor comunicacional en este caso, fue el acusado Nicolás López (...). Publicaron videos y noticias levantadas por la propia defensa en Canal 13 su señoría, por lo tanto, no podemos hablar de una presión hacia los jueces de primera instancia por parte de las querellantes".

Revisa la sentencia completa a continuación


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