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Hoy termina la alerta sanitaria: Las dudas que se abren ante el teletrabajo y el fin al uso obligatorio de mascarillas en colegios

Con el cese de la medida, se acaban también las facultades extraordinarias de los organismos de salud para hacer contrataciones o disponer de otros recursos. Hay preocupación por una eventual desvinculación de funcionarios contratados en pandemia.

31 de Agosto de 2023 | 08:04 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Durante tres años se extendió la alerta sanitaria en Chile, tras la llegada del covid-19 en marzo de 2020.

Aton / Archivo.
Este 31 de agosto es el último día en que tendrá vigencia la alerta sanitaria en el país, luego de tres años bajo esta medida que comenzó tras la llegada de la pandemia por covid-19 al país, en marzo de 2020.

La última extensión de dicha medida ocurrió en marzo de este año, luego que el Ministerio de Salud determinara su prórroga para que se continuaran destinando recursos adicionales al resguardo de la salud, tanto por covid-19, pero también por otras enfermedades respiratorias, como el virus sincicial, adenovirus, influenza y rinovirus, entre otros.

La idea era mantener el sistema integrado preparado para el invierno, puesto que si bien los contagios por coronavirus distan de las que se vieron en los años más complejos de la pandemia, sí se preveía el aumento de enfermedades respiratorias en niños, niñas y adultos mayores. De hecho, en junio, estuvo marcado por el peak de la crisis sanitaria.

¿Qué es la alerta sanitaria? Se trata de un mecanismo -vía decreto- que permite que las Subsecretarías de Salud Pública y Redes Asistenciales, Seremis, Servicios de Salud, ISP, Cenabast, entre otros organismos competentes, tengan facultades extraordinarias para, según se requiera: contratar personal sanitario, adquirir bienes, o equipamiento para el manejo de la urgencia, disponer de trabajo extraordinario para el personal, y contratar estudiantes de sexto año en adelante de la carrera de Medicina o a funcionarios acogidos al incentivo al retiro, etc.

El decreto además obliga a que los servicios públicos y demás organismos de la Administración del Estado, en el ámbito de sus competencias, y otras entidades públicas o privadas, proporcionen colaboración y ejecuten las acciones que les sean requeridas por los órganos antes señalados. De esta manera, se logra reforzar la capacidad de producción de la red asistencial, para disminuir tiempo de espera en prestaciones, o tomar acciones de gestión adicionales al quehacer usual del sector salud.

Esta medida, por cierto, abrió la posibilidad de que la autoridad sanitaria decretara la obligatoriedad del uso de mascarillas al inicio de la pandemia, y en este último invierno, el uso obligatorio de estos objetos de protección en las salas de clases; y además se potenció la implementación del teletrabajo, práctica que varias empresas han mantenido, varias de ellas, en forma híbrida con la presencialidad.

En conversación con EmolTV, el ex ministro de Salud, Enrique Paris, comentó que "la alerta sanitaria fue una gran ayuda para tomar diferentes decisiones, entre ellas, contratar más personal. Nosotros llegamos a contratar a casi 36 mil personas más, no solamente en el ámbito hospitalario, también se favoreció la contratación de personas en el ámbito de la Atención Primaria, se entregó dinero a los municipios para contratar personas, porque evidentemente la sobrecarga que produjo el coronavirus en el sistema público y privado fue gigantesca".

¿Qué significa el fin de la alerta sanitaria?


La semana pasada, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, junto con adelantar que "no está en perspectiva" prorrogar la alerta sanitaria, comentó que el retiro de la misma implica también el fin del uso obligatorio de mascarilla para los escolares, medida que se había reactivado a raíz de las enfermedades respiratorias de este invierno.

En tanto, en centros hospitalarios, la ministra comentó que el uso de mascarilla también estaba vinculado a la alerta, "pero nosotros vamos a recomendar que se siga utilizando en servicios de urgencia para los consultantes".

Por su parte, la doctora María Luz Endeiza, infectóloga pediátrica y jefa del Vacunatorio de Clínica Universidad de los Andes, agrega que el fin de la alerta implica, entre otras cosas "quitarle al Ministerio de Salud la facultad de tomar decisiones sin requerir otras autorizaciones para compras directas de insumos, como ventiladores mecánicos, como negociaciones directas de vacunas, mascarillas, personal de salud, o reubicarlo. Además, termina la obligatoriedad del uso de mascarillas en todos los lugares como colegios o centros de salud".

En tanto, Paris dijo lamentar la situación que enfrentarán casi 7 mil funcionarios que serán despedidos tras el fin de la medida, quienes precisamente fueron contratados para nutrir de personal a los recintos hospitalarios, producto de la crisis sanitaria.

"Imagino que para todos esos funcionarios es muy doloroso ahora que tengan que ser despedidos. He escuchado poco a los gremios de la salud defendiendo a estos funcionarios y creo que más fuerte ha sido la voz del Parlamento, del presidente de la comisión de Salud del Senado, Juan Luis Castro, que reclamó mucho, porque el ministro de Hacienda, Mario Marcel, no acudió a la reunión en que se iba a tratar este tema", acusó.

Dudas por teletrabajo


Pero otra de las preocupaciones que han surgido a raíz del término de la alerta sanitaria apunta al eventual término del teletrabajo. Según comentó Paris, "el trabajo remoto también se suspenderá".

"Efectivamente la obligatoriedad para el empleador de dar continuidad al teletrabajo, se encuentra supeditado a la mantención o no de la alerta sanitaria".

Matías Espinoza, abogado
En conversación con Emol, el abogado Matías Espinoza, de Defensadeudores.cl, comenta que "en principio debemos distinguir entre las personas que están teletrabajando, acogidas a la Ley 21.391 y a la Ley 21.342, que en resumen aplica a trabajadores que acrediten padecer alguna condición que genere un alto riesgo de presentar cuadro grave de infección o a aquellos que tengan el cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar o a una persona en situación de discapacidad; y efectivamente la obligatoriedad para el empleador de dar continuidad al teletrabajo, se encuentra supeditado a la mantención o no de la alerta sanitaria".

"Por lo mismo, peligra la posibilidad de estos trabajadores de teletrabajar, siendo especialmente preocupante respecto de los padres y madres que tienen a su cuidado a un menor de edad y que han organizado y conciliado su vida laboral y familiar en torno al trabajo remoto", comenta.

En tanto, respecto de las personas que no se encuentren teletrabajando en virtud de las dos normas anteriores, sino que por un pacto con su empleador, el abogado precisa que "este pacto no puede dejarse sin efecto si no es con el consentimiento de los trabajadores".
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