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Escenario judicial de Cathy Barriga: Expertos abordan debate por cautelar y detallan las penas que arriesga

Ayer, el tribunal descartó la prisión preventiva que había solicitado la fiscalía en contra de la ex alcaldesa de Maipú y ordenó una medida cautelar menos gravosa. Además, fijó 120 días de plazo de investigación.

19 de Enero de 2024 | 14:46 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Cathy Barriga, ex alcaldesa de Maipú.

Aton / Archivo.
Con arresto domiciliario total y arraigo nacional quedó ayer la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, en la tercera y última jornada de formalización en su contra, donde la Fiscalía le imputó los delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público, por un desfalco que ascendería a los 31 mil millones de pesos.

La resolución no dejó conforme al Ministerio Público, desde donde ya anunciaron que apelarán a la medida cautelar dictada por el juez Hugo Salgado, por lo que acudirán a la Corte de Apelaciones de Santiago.

Al término de la audiencia, la fiscal de Alta Complejidad y Crimen Organizado, Constanza Encina, valoró que el juez "diera por acreditados los presupuestos materiales, el delito de la participación", sin embargo añadió que "no compartimos en absoluto los argumentos que dio el tribunal respecto a la necesidad de cautela, y es justamente lo que nosotros vamos a apelar y vamos a alegar en la Corte".

"Como bien dije y hoy replicó el juez, el monto del perjuicio fiscal es exorbitante, así lo calificó y así vamos a ir a sostenerlo en la Corte", sostuvo.

La dictación de las cautelares abrió un debate en redes sociales -a raíz de lo mediático del caso-, donde también han participado diversos expertos en la materia. Así, el ex fiscal Carlos Gajardo utilizó su cuenta de X para hacer algunas apreciaciones al respecto.

"Tribunal da por acreditado el supuesto material del fraude al fisco pero estima suficiente el arresto total de imputada Cathy Barriga. Da por establecida las amenazas a testigos pero las estima insuficientes. Fiscalía debe apelar de resolución y Corte de Apelaciones resolverá", comentó.

Y luego agregó: "justo se acuerdan de la presunción de inocencia y de la excepcionalidad de la prisión preventiva cuando hay personas poderosas imputadas. Porque les cuento que hoy día hay más de 55 mil presos. Más que nunca en nuestra historia. Elijan un caso mejor para esa causa".

En conversación con Emol, abogados abordan el escenario judicial de la ex alcaldesa, profundizan en las razones por las que se habría decretado la cautelar de arresto domiciliario total -en lugar de la prisión preventiva-, y proyectan el escenario respecto a las penas que arriesga.

Debate por las cautelares


El abogado Gonzalo Agliati, profesor de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Escuela de Derecho PUCV, comenta que la decisión del juez "no es popular, pero es acertada". Esto, porque "podría haberse entendido como excesivo, por esta idea de necesidad de cautela, haber decretado la prisión preventiva, aún cuando efectivamente la cuantía de los delitos de fraude al fisco que se le imputan es bien importante".

De todas formas, reconoce que "se genera una suerte de sentimientos encontrados con esta decisión, porque en otros casos, muchas veces de menor connotación pública y social, hay mucho menos criterio al momento de decretar la prisión preventiva, y se pierde un poco esta visión de la prisión preventiva como último recurso en las cautelares; se decreta casi como primera, y la revisión de requisitos es bien mecánica en algunos casos".

"Parece ser que tampoco estas figuras públicas imputados por un delito, por su calidad de tal, den garantías suficiente de colaboración hacia la labor investigativa, por eso se genera una suerte de desaprobación a la decisión del juez".

Gonzalo Agliati, profesor derecho penal PUCV
En la misma línea, el doctor en Derecho Penal y Profesor de Derecho Penal Universidad San Sebastián, Iván Navas, comenta que la resolución del tribunal, a su juicio "es adecuada", y que no se debía aplicar la prisión preventiva.

Esto, "porque la ley establece algunos requisitos que deben cumplirse para decretar la prisión preventiva que el tribunal en este caso estimó que no concurrían, por ejemplo, que la persona formalizada, Cathy Barriga, sea un peligro para la sociedad, es decir, que pueda cometer delito como el que se le imputan, y eso, en estricto rigor, no puede ser, porque el delito que se le imputa es fraude al fisco, un delito que sólo pueden cometer empleados públicos, y ella ya no es empleada pública, por lo tanto, no hay ninguna posibilidad que ella cometa los denominados delitos de funcionario".

No obstante, existe un punto debate respecto a la posibilidad de fuga. Guardando las diferencias del estadio procesal de los casos, Agliati hace un paralelo con otro proceso conocido donde "parecía que la prisión preventiva era excesiva pero luego los hechos demostraron que era bastante idónea", dice en referencia al caso de la ex alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo.

"Por delitos semejantes, contra la propiedad pública, no se le dejó en prisión preventiva, y precisamente aprovechándose de esta decisión del juez y cuando finalmente fue condenada, y se rechazó el recurso de nulidad que interpuso, se escapó", comenta. Por eso, el abogado agrega que "parece ser que tampoco estas figuras públicas imputados por un delito, por su calidad de tal, den garantías suficiente de colaboración hacia la labor investigativa, por eso se genera una suerte de desaprobación a la decisión del juez".

Por el contrario, Navas, recalca que "la señora Cathy Barriga tiene arraigo social, tiene familia, es una persona conocida, por lo tanto no tiene elementos que pudiesen concluir, por parte del tribunal, que hubiese peligro de fuga. Como se dan estos elementos, el tribunal estima que no procede la prisión preventiva y otra medida menos gravosa".

Con todo, el académico USS recalca que la prisión preventiva "es una medida extraordinariamente excepcional que debe aplicarse, no podemos tolerar que en cualquier caso, frente a los grandes montos de fraude, los montos no son relevantes, se diga que es la única medida que debe aplicarse".

Próximos escenarios y eventuales penas


Consultado por los escenarios que se abren para Barriga, el abogado Agliati remarca, en primer lugar, que "las medidas cautelares son sustituibles entre si, o sea, que hoy se haya negado la solicitud de prisión preventiva y se haya decretado arresto domiciliario, no quiere decir que si más adelante el Ministerio Público ofrece otros antecedentes, se pudiera escalar en gravedad de los antecedentes".

O en otro escenario, si ayer efectivamente hubieran decretado la cautelar más gravosa, de todos modos la defensa podría haber levantado la solicitud de sustitución por otra menos grave, "y también incluso podría haber quedado sin ninguna medida", comenta el abogado.

Asimismo, comenta que ahora que el juez fijó un plazo de 120 días para la investigación, el Ministerio Público podría pedir prórrogas de dicho plazo en caso de necesitarlo, sin exceder el máximo que exige la ley, que son dos años.

Una vez que concluya el plazo de investigación, se declara cerrada, y luego el fiscal a cargo del caso tiene la opción de "acusar o no, aunque generalmente en esta clase de delitos y la conmoción pública que genera, se acusa"; esto, pese a que también es posible que una vez cerrada la indagatoria, "se explore la posibilidad de salidas alternativas, de procedimientos distintos al ordinario, pero es probable que no ocurra", precisa Agliati.

Si la fiscalía acusa, se pasa a una audiencia de preparación de juicio oral, "donde se ofrecen pruebas, se discute en torno a la prueba, y después se llega a la audiencia misma del juicio, que seguramente será larga, por la cantidad de hechos que se le imputan, y eso terminará con decisión de absolución o condena, que de todos modos, es susceptible de recursos, y lo más probable es que escale a Corte de Apelaciones o Suprema".

Navas comenta además que las penas que solicita el Ministerio Público "están entre los 5 años y un día y 15 años, y esto es amplio, porque hay una serie de elementos, que hacen modificar la pena, las circunstancias agravantes, sobre todo, la reiteración de delito, porque el Ministerio Público dice que es un delito de fraude al fisco que se cometió varias veces, y la reiteración hace que suba la pena en uno o dos grados; hasta 15 años podría llegar la pena en el peor de los escenarios".
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