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Video: Revisa los alegatos previos al fallo del TC por norma que obliga una educación "no sexista"

La resolución adoptada ayer por el organismo -en voto dividido-, permitirá que la norma que se buscaba impugnar sea promulgada en los mismos términos en que fue despachada el pasado 6 de marzo, en el proyecto contra la violencia hacia la mujer.

03 de Abril de 2024 | 09:44 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Los ministros rechazaron el requerimiento de inconstitucionalidad de parlamentarios de oposición por seis votos contra cuatro.

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En votación dividida, de seis votos contra cuatro, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió ayer rechazar el requerimiento de 54 diputados de oposición que buscaban que se declarara inconstitucional una norma contenida en el proyecto de ley que establece medidas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer.

En concreto, los parlamentarios apuntaban contra la norma que señala que "los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista". Así, tras el fallo, la norma podrá ser promulgada en los mismos términos en que fue despachada del Congreso el pasado 6 de marzo.

Durante el alegato de la oposición, representados por el abogado Álvaro Ferrer, se planteó que la norma representaba una amenaza para la libertad de enseñanza; de conciencia y religión, y el derecho preferente de los padres de elegir la educación de sus hijos.

Así, tras el fallo, diversos académicos y representantes de organizaciones ligadas a la Educación analizaron los posibles efectos, con claras discrepancias entre quienes respaldan la decisión del TC y quienes están en contra.

Según dijo a El Mercurio Daniel Rodríguez, director ejecutivo de Acción Educar, las consecuencias de la resolución son "significativas", puesto que afecta "no solo desde la limitación a la libertad de enseñanza y al derecho preferente de los padres", sino también al darle a la Superintendencia de Educación "la facultad de vigilar y castigar a los proyectos educativos que persigan visiones antropológicas distintas a las preferidas por el regulador".

Por su parte, Felipe Varela, presidente del movimiento Mi Derecho a Educar, dice que la resolución deberá precisar qué es educación no sexista, puesto que hay diferencias entre la presentación del Ejecutivo ante el TC y los lineamientos del Ministerio de Educación.

Añadió que "esperamos que el fallo del TC sea claro y se apegue al criterio de igualdad de derechos establecido por el propio Gobierno en sus escritos. En cualquier caso, estamos ante una apertura de puerta que será muy difícil de controlar. Mala noticia para los niños de Chile y para la eficacia del derecho preferente de los padres para educar a sus hijos".

Para María Teresa Romero, presidenta de Escuelas Abiertas, "todos estamos de acuerdo en que la educación debe dar las mismas oportunidades a mujeres y hombres. Pero este debate puede estar tomado por grupos políticos y hace perder el foco de las graves situaciones de falta de provisión y calidad que tenemos en el país".

Otras voces, por su parte, celebraron el fallo y desdramatizaron los efectos de la norma. José Joaquín Brunner, académico de la U. Diego Portales, planteó que "no me parece que vaya a afectar, porque los colegios saben que dentro de los principios constitucionales chilenos, cada colegio tiene la responsabilidad de determinar cómo enseña la educación sexual, y no hay forma que se le pueda obligar".

Por su parte, Claudia Matus, académica titular de la Facultad de Educación UC, dijo al citado medio que "esta legislación, y en particular este artículo que se intentó impugnar, también abre el desafío para la formación de profesoras y profesores que eduquen bajo principios compartidos por la sociedad en lo referido a la igualdad y no discriminación".

En tanto, la rectora de la U. O'Higgins, Fernanda Kri, quien expuso ante el TC, valoró la resolución y aseguró que "contar con un respaldo legal para implementar la educación no sexista es una gran noticia en todos los niveles educativos".

Revisa el video de los alegatos ante el TC:


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