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Garantizar el bienestar del animal y la seguridad de las personas: Requisitos para la tenencia legal de especies exóticas

Desde el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) recalcaron la importancia de contar con la documentación que verifique su procedencia, además de un marcaje que lo individualice permanentemente.

14 de Septiembre de 2024 | 00:15 | Por T. Fischer, Emol
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El Mercurio
Hace pocos días se reportó como extraviada una serpiente pitón en Valparaíso, el reptil se perdió en el edificio Geopark el sábado, sin embargo, recién este miércoles se informó que la extravagante mascota había caído del sexto al quinto piso y que su paradero continúa sin conocerse. Personal del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) se encuentra realizando intensos trabajos de búsqueda.

La atípica situación generó dudas en las personas sobre la legalidad de tener este tipo de reptiles como mascota. En este contexto, desde el SAG confirmaron que la tenencia de fauna exótica es posible, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Es fundamental, informaron, asegurar el bienestar del animal y la seguridad de las personas que convivirán con el animal, además de evitar afectar la fauna silvestre y el ecosistema de nuestro país.

El Director Nacional de la entidad, José Guajardo Reyes, recalcó la necesidad de contar con la documentación que permita verificar la procedencia legal de estos animales, además de garantizar que se les proporcionen las condiciones necesarias para su adecuado cuidado y bienestar.

Por esto, enfatizó en la importancia de que las personas se informen sobre las características de la especie animal que desea adquirir, es decir, "sus necesidades biológicas, alimentación y espacio, entre otros resguardos. La asesoría médico veterinaria especializada es clave. Por ejemplo, algunas especies pueden ser nocturnas, vivir más de 30 años, transmitir enfermedades a los seres humanos u otros animales domésticos o incluso, alimentarse de presas vivas".

Por esto, se requiere una evaluación consciente acerca de "si se puede ofrecer el cuidado y ambiente necesario", que es "fundamental para garantizar el bienestar y la supervivencia del animal", explicó Reyes.

De decidir realizar la compra, es determinante adquirir el animal de manera legal. "La adquisición debe realizarse en el comercio establecido, correspondiente a establecimientos de comercialización de animales exóticos registrados en el SAG, lo que se puede verificar solicitando la resolución de inscripción en el registro nacional de tenedores de fauna silvestre", explicó

Por otra parte, al momento de la compra, "se debe exigir un documento que garantice la procedencia legal del animal, el marcaje que lo individualice permanentemente (microchip, tatuaje, anillo, según corresponda, etc.), y la factura o boleta respectiva".

Toda esta información debe estar disponible en caso de fiscalizaciones por parte del SAG u otras instituciones, como la PDI.

El documento que se entrega al realizar la compra de un animal exótico debe incluir la identificación de ambas partes, es decir, comprador y vendedor, así como la información de individualización y datos del ejemplar. Este documento debe ser conservado de manera permanente para poder cumplir con las fiscalizaciones de la entidad y así demostrar que la especie tiene una procedencia legal.

Ingreso de fauna silvestre exótica al país

Para ingresar fauna silvestre exótica al país, ya sea como mascota o con fines económicos, deben cumplir con los requisitos de ingreso a Chile y con el permiso de importación del SAG. Además, cuando entran al país es obligación realizar una cuarentena previa antes de adquirir la autorización de internación.

De ser el animal una especie protegida por CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), la persona deberá contar con un Permiso CITES.

Todos estos requisitos permiten garantizar que estos animales tienen una procedencia legal, es decir, no son producto del tráfico de fauna silvestre, cumplen los requisitos zoosanitarios establecidos por nuestro país para evitar el ingreso de enfermedades no presentes en Chile. Además, que no constituyan un peligro para la fauna y ecosistema local, por el riesgo de que se convierta en una especie exótica invasora.
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