Hace un tiempo que el ecosistema de pagos en Chile -y el mundo- ha mutado de forma acelerada hacia los medios electrónicos, billeteras digitales y los pagos instantáneos, dejando cada vez más rezagado el uso de efectivo. De hecho, según el Banco Central, el uso de este último ha disminuido 20% a nivel global en los últimos cinco años.
De acuerdo con un estudio de Ipsos, en 2024 el 91% de los chilenos utilizó aplicaciones de pago, mientras que el 92% empleó tarjetas de debito. Es decir, los medios que van más allá del efectivo están absolutamente masificados y algunos locales comerciales los prefieren, incluso al punto de no aceptar el pago con billetes, lo que ha abierto un debate sobre su legalidad.
Es que el
efectivo sigue siendo esencial para una parte significativa de la población, especialmente entre los adultos mayores y aquellos con menor acceso a la tecnología.
En este contexto, surge la preocupación por prácticas comerciales que podrían limitar el acceso de ciertos grupos a bienes y servicios. En carta a El Mercurio, el abogado César Eugenio Vargas Rojas declaró haber presenciado una "discriminación digital" hacia adultos mayores.
Vargas señaló que al ingresar a una conocida franquicia de comida rápida se encontró con dos personas de la tercera edad que "lamentablemente se tuvieron que retirar del establecimiento dado que al no manejar algún método de pago electrónico, dicha franquicia no les permitió hacerlo a través de dinero en efectivo".
Al respecto, Emol consultó al Sernac acerca de las normativas vigentes que regulan esta práctica, los cuales aclaran que "mediante la normativa del Banco Central de Chile y la Ley del Consumidor se puede concluir de manera clara que los consumidores siempre tendrán derecho a pagar por los productos y servicios mediante dinero en efectivo, y las empresas, en principio, no pueden negarse a recibirlo".
Por su parte, el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus), Hernán Calderón, enfatizó que el rechazo del efectivo constituye una infracción a la Ley del Consumidor.
"Yo puedo cancelar en efectivo y nadie me puede exigir otra opción. El pago electrónico está condicionado y se puede hacer, es legal, pero lo que no puede condicionarse es el pago en efectivo", explicó.
Calderón agregó que la negativa de venta por querer pagar en efectivo también vulnera los derechos de los consumidores. "La negación de venta es una infracción a la ley de consumo de un comercio establecido. En general, no pueden negarle la venta", señaló.
Además, desde el Sernac advierten que las empresas que incumplan esta obligación se arriesgan a multas de hasta 300 UTM —más de $20 millones— por cada infracción.