EMOLTV

Maltrato infantil en Iquique: La cadena de "fallas" de la institucionalidad y las otras "alertas" que no se activaron

El caso abrió cuestionamientos ante el seguimiento que hizo el tribunal de Familia tras otorgar la custodia a la madrastra, hoy imputada. Pero además, se apunta al colegio del menor y recintos de salud.

16 de Abril de 2025 | 08:02 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
imagen

Audiencia por el caso de maltrato infantil en Iquique.

El Mercurio
El brutal caso de un menor maltratado por su madrastra en Iquique, Región de Tarapacá, ha dejado una serie de cuestionamientos a la forma en que operó la institucionalidad y cómo el niño de 13 años fue sometido a golpes y humillaciones desde que la mujer obtuvo su custodia, en noviembre de 2023.

La imputada en el caso es la madrastra del menor, quien detentaba el cuidado personal del niño decretado por el Tribunal de Familia. Esto, luego que la mujer interpusiera una denuncia por violencia intrafamiliar. A raíz de ello, según antecedentes del caso, el que el padre del menor había abandonado la vivienda.

Fue hasta el 9 de abril de 2025 que la imputada -actualmente en prisión preventiva-, sometió al niño a constantes maltratos, e incluso, lo había retirado del colegio.

Y ante el cruento escenario al que estaba sometido el menor, se suma otro factor que despierta las alarmas: no hubo ningún representante de la institucionalidad que alertara sobre lo que ocurrió en un año y medio en esa casa, y bajo la "custodia" de una mujer, según ordenó un tribunal. Fueron vecinas las que, tras instalar cámaras en su patio y luego de escuchar varias veces el llanto del niño, decidieron denunciar.

¿Qué falló en este brutal caso de maltrato infantil? Entre las múltiples reacciones que han surgido, ciertamente las primeras impresiones han apuntado a una falla del Estado. La senadora Luz Ebensperger (UDI), junto con manifestar su conmoción por lo ocurrido, lamentó que "el Estado esté llegando tarde" ante situaciones de este tipo. Sin embargo, hay otras eventuales responsabilidades en la cadena.

Tribunales y servicios de salud


El lunes, el defensor de la Niñez, Anuar Quesille, señaló que desde la institución, "hemos estado realizando gestiones directas con el Ministerio Público, y también pretendemos solicitar información al Tribunal de Familia, para que determine cuáles fueron los criterios que se tuvieron en cuenta para efectos de otorgar el cuidado del niño a una persona que estaba cometiendo vulneraciones graves".

Quien también hizo hincapié en este punto fue el diputado del Partido Republicano, Renzo Trisotti, que junto con señalar que "la protección institucional falló absolutamente", enfatizó en que "creo que se deben aclarar las circunstancias del caso que llevaron al Juzgado de Familia frente a un padre agresor, a entregarle el cuidado a su madrastra que resultó ser finalmente peor al evidenciarse torturas y esclavitud", agregó el parlamentario del distrito N°2 de la región.

En la misma línea, el diputado PC, Matías Ramírez, apuntó a que "se deben observar los procedimientos de seguimiento y control cuando el tribunal entrega el cuidado a quien no es familiar directo, pero también se debe actuar de manera rápida cuando existen indicios de abusos".

Además, el parlamentario levantó otra alerta: "el menor fue atendido en recintos de salud y tampoco fue advertida esta situación existiendo protocolos para denunciar estos hechos. Hay muchas interrogantes ante un caso tan dramático que requiere justicia pero también una mirada crítica a cómo funcionó la institucionalidad".

¿Cuál es el rol del tribunal?


En conversación con Emol, Carlos Magna, académico de la Universidad de La Serena y abogado Derecho de Familia, comenta que si bien todavía no están todos los antecedentes para tener "una idea más acabada" del caso, sin embargo, destaca que "efectivamente hay un fallo o error por parte del tribunal porque efectivamente se le da la custodia de este niño a la madrastra y la madrastra comete una serie de actos de atentado en contra de la integridad física y psíquica de este niño".

De todos modos, Magna subraya que los tribunales normalmente funcionan sobre los antecedentes que se le presentan, y "quiero entender que el tribunal lo hizo de buena fe". Asimismo, aclara que "normalmente los tribunales se ven enfrentados a la dificultad de encontrar familiares que se hagan cargo de los menores frente a situaciones de este tipo, de violencia intrafamiliar o de maltrato. Yo creo que por ahí va un poco la responsabilidad del tribunal".

Por su parte, Karen Hernández, académica de Derecho Vespertino de la U. San Sebastián y experta en Derecho de Familia, comenta que "el rol específico que tiene el Estado en estos casos es que debe velar porque no ocurran este tipo de situaciones en el sentido de que en los tribunales de familia, cuando se inicia un procedimiento de cuidado personal, se debe investigar acerca de cuál es el cuidador más idóneo para el niño".

"En el caso en que el cuidado personal del niño recaiga en un adulto responsable, que no es su padre o su madre o los familiares directos de este, deberían hacerse todas las pericias atingentes para que el niño pueda estar seguro con un adulto que tenga todas las competencias. Por eso existen también exámenes que tienen por objeto determinar cuáles son las habilidades de los padres y/o madres o en su defecto, del adulto que va a ejercer este cuidado personal".

Colegio y servicios de salud


En el caso de la institucionalidad completa, Magna dice que "hay evidentemente un fallo, un aparente descuido por parte no solamente de los centros de salud que atendieron al menor. También hay que entender que, según entiendo, el menor no estaba asistiendo al colegio, y el colegio tampoco alertó y eso también hay que investigarlo", apuntó. Esto, "al igual que los centros de salud, que también están obligados a poner las alertas".

"Se arriesga responsabilidad penal y civil para los recintos de salud y colegios que no informaron y que están involucrados, ya que la obligación es informar acerca de irregularidades y violencia".

Carlos Magna, abogado de Derecho de Familia, U. de La Serena
Con todo, el abogado precisa que "se arriesga responsabilidad penal y civil para los recintos de salud y colegios que no informaron y que están involucrados, ya que la obligación es informar acerca de irregularidades y violencia".

Hernández complementa que el ordenamiento público chileno, "indica que somos todos responsables. Entonces, desde ese punto de vista, son responsables de alertar a la justicia tanto sus profesores, las personas que lo atienden en un recinto de salud. Nosotros, como vecinos, como ciudadanos, si tomamos conocimientos de hechos que revistan caracteres de delito, también estamos obligados por el ordenamiento a poner esto en conocimiento de los tribunales".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?