En medio de la polémica por el uso irregular de licencias médicas que dejó al descubierto el informe de Contraloría, el fin de semana se promulgó una nueva ley que fortalece la fiscalización de estos permisos y eleva la sanciones por emisiones fraudulentas.
La normativa, que ya fue publicada en el Diario Oficial, ocurre no sólo en medio del escándalo por los más de 25 mil funcionarios públicos que salieron del país mientras tenían una licencia médica, sino que también en medio de la detección de 250 médicos de hospitales que, mientras tenían este permiso legal, atendieron partos en clínicas privadas.
Ahora, dentro del plazo de 60 días contado desde la publicación de la ley, la Superintendencia de Seguridad Social deberá dictar los actos administrativos generales necesarios para su correcta aplicación.
Según comentó el
exministro de Salud, Jaime Mañalich, a
EmolTV, si bien la ley promulgada en 2012 ya permitía fiscalizaciones, la normativa que acaba de promulgarse este fin de semana es una "ley mucho más estricta, que finalmente le dice a los médicos que si emitieron una licencia, 'nosotros tenemos la potestad para auditar si efectivamente esto ameritaba de una incapacidad para trabajar', que en la práctica es una incapacidad para hacer muchas otras cosas, no sólo trabajar, para ir al mall, para ir a comprar, para viajar, para atender un parto".
Esto, además, podría hacer frente a los "incentivos" que actualmente existen para emitir licencias fraudulentas.
De acuerdo a la ex autoridad sanitaria, tal es la magnitud del problema que "si a esto se le pusiera coto, en realidad se podría terminar con todas las listas de espera en Chile en dos años, de eso estamos hablando".
La nueva normativa
La ley 21.746 establece, entre otras cosas, que sólo podrán emitir licencias médicas los médicos cirujanos, cirujano dentistas o matronas, que se encuentren debidamente inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud que dispone la Superintendencia de Salud, y en el caso de médicos que hayan obtenido o revalidado su título de médico cirujano a partir del 19 de abril de 2019, se les exigirá haber aprobado el examen único nacional de conocimientos de medicina (Eunacom).
Otra disposición señala que para el otorgamiento y tramitación de la licencia médica electrónica deberá existir un sistema de información, el que podrá ser operado por entidades públicas o privadas. La Superintendencia de Seguridad Social fiscalizará y supervigilará, conforme a la normativa legal y reglamentaria aplicable al efecto, el sistema de información que permite el otorgamiento y tramitación electrónica de las licencias médicas.
Asimismo, en cuanto a las sanciones contempladas en la ley, la Superintendencia y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez podrán instruir a la o las entidades que operen el sistema que suspendan la facultad de emisión de licencias médicas a los profesionales que sean sancionados en conformidad a los procedimientos establecidos en ella, con indicación del período por el cual se deberá mantener la suspensión.
Dichas comisiones, podrán solicitar a los profesionales habilitados para emitir licencias médicas que se encuentren sometidas a su conocimiento, la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que las respalden dentro del plazo de diez días hábiles, bajo apercibimiento de aplicar las multas y suspensiones. Las multas, a beneficio fiscal, podrían ser entre 10 y 50 UTM y deberán pagarse en un plazo de 10 días hábiles ante la Tesorería General de la República.
Asimismo, en casos calificados, la Comisión podrá, además, suspender la venta de formularios de licencias médicas y la facultad de emisión de licencias médicas electrónicas o de papel, según corresponda, por el plazo de hasta treinta días hábiles, medida que se renovará automáticamente mientras persista la conducta del profesional.
Para determinar la sanción específica, la Comisión considerará el número de licencias médicas respecto de las cuales se solicitaron los antecedentes, el grado de incumplimiento, las conductas anteriores del médico y cualquier otro criterio que se considere relevante.
Si el profesional solicitado no acompaña los antecedentes solicitados para la indagatoria, la Superintendencia de Seguridad Social podrá aplicar la suspensión por 15 días para otorgar licencias
médicas, la que podrá ser prorrogada hasta por tres veces en caso de mantenerse el
incumplimiento. En el caso de que se acredite la emisión de licencias sin fundamento médico, las sanciones podrán ser la suspensión de 180 días, un año, tres años y hasta de manera perpetua de la facultad de otorgar licencias médicas.
La normativa también introduce modificaciones al artículo 202 del Código Penal, donde cambia multas actuales (de 50 a 50 UTM) por "presidio menor en su grado medio a máximo y una multa de 700 a 1.000 UTM), y sustituye la frase "inhabilitación especial temporal para emitir licencias médicas "por inhabilitación especial temporal para ejercer la profesión de médico cirujano, matrona o cirujano dentista".
Añade que "al que maliciosamente use los documentos falsos, cualquiera sea la forma en que los haya obtenido, se impondrá la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de 25 a 250 UTM. En caso de reincidencia, la sanción aumentará en un grado".
Más integración de datos y capacidad operativa
En conversación con Emol, Felipe Vargas, director área laboral MICP Abogados, destaca como elementos clave de esta normativa que introduce definiciones más estrictas para los profesionales de la salud autorizados a emitir licencias, amplía las facultades de investigación de los organismos de supervisión, incluyendo la posibilidad expresa de solicitar evaluaciones presenciales de pacientes, y endurece significativamente las penas, incluyendo la suspensión perpetua de la licencia profesional para los reincidentes. Además, establece la obligatoriedad de un nuevo registro público para incrementar la transparencia.
En esa línea, comenta que "aunque las medidas avanzan en la dirección correcta al tratar de disuadir abusos mediante el aumento de las capacidades de fiscalización y la imposición de consecuencias severas para los beneficiarios fraudulentos y prescriptores cómplices,
el problema fundamental de las licencias médicas radica en el escaso desincentivo que tienen los trabajadores para valerse de certificados falsos y el insuficiente control en la emisión de estas licencias".
En la misma línea, Francisca Vial, directora área laboral de Eyzaguirre y Cía Abogados, subraya que lo más significativo no es solo lo que cambia la ley, "sino que cambia la voluntad
política del legislador, que por años omitió enfrentar un fenómeno que degradaba
silenciosamente nuestro sistema de Seguridad Social: el uso fraudulento de licencias médicas".
"Esta omisión debilitó la legitimidad y la sostenibilidad del sistema, y además, fue modelando una
cultura distorsionada en torno a la licencia médica, consagrando de facto un 'derecho a la
licencia' más que un 'derecho a la salud'", precisó.
Añade que "hoy, con esta reforma, se reconoce que proteger el buen uso del instrumento es también
proteger a quienes realmente lo necesitan y proteger nuestra Seguridad Social que es financiada
por todos los chilenos".
Medidas a futuro
Consultado por las medidas que se podrían implementar a futuro para seguir endureciendo las fiscalizaciones y "evitar" la emisión de licencias fraudulentas, Vargas comenta que "la erradicación de los problemas sistémicos en los procesos de licencias no puede lograrse de forma aislada".
"Resulta esencial mejorar la integración de datos entre instituciones, fortalecer la capacidad operativa y la independencia de organismos clave como la Compin y la Suseso, implementar auditorías proactivas basadas en riesgos, y fomentar una cultura renovada de responsabilidad ética en los sectores de salud, administración pública y lugares de trabajo", subrayó.
Por su parte, Vial añade que si bien la ley avanza en sancionar, no resuelve la raíz del problema: "un sistema que dejó crecer el fraude porque nunca construyó verdaderos disuasivos ni generó corresponsabilidad institucional. Por eso, además de lo legal, se requieren medidas estructurales que articulen prevención, trazabilidad y rendición de cuentas".
Por ello, propone crear un sistema de alertas tempranas con inteligencia artificial, "de manera de cruzar datos de emisión de licencias con historial clínico, zonas geográficas, boletas de honorarios, tiempo de atención y reincidencias, para detectar patrones anómalos en tiempo real, lo que permitiría intervenir antes del daño y no años después.
También propone la evaluación periódica de emisores de licencias, "es decir, que los prestadores tengan una tasa esperada de emisión de licencias médicas por especialidad, y que quienes se desvíen significativamente deban justificar su comportamiento ante auditorías automáticas, no solo por denuncias".
A ello se suma un código ético para médicos, "que incluiría sanciones gremiales automáticas
en caso de licencias sin atención médica asociada, y la pérdida de membresía ante
reincidencia"; un sistema de trazabilidad para pacientes, "de modo de notificar al trabajador y al empleado en el caso de que se detecten irregularidades, y dar opción al paciente de ratificar o rechazar una licencia emitida a su nombre en una plataforma digital con clave única".
Asimismo, apunta a la necesidad de que se genere una campaña pública de revalorización de una licencia médica como un derecho de salud y no como "beneficio"; y evaluar el pago de los 3 primeros días de licencia, puesto que actualmente, al no pagarse los primeros 11 días, "esto incentiva la extensión artificial de licencias para superar el umbral de pago".