La víctima era un menor de tres años que falleció en febrero de 2021.
Aton
La Segunda Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete absolvió de forma unánime a Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, del delito consumado de abandono de menor con resultado de muerte.
La víctima era un menor de tres años que falleció en febrero de 2021 tras permanecer nueve días desaparecido en Arauco, Región del Biobío.
El juez
Ricardo Piña explicó que "las circunstancias objetivas ya descritas impiden inferir que el acusado haya conocido y consecuencialmente querido generar una situación de
riesgo para el niño, por lo que no se configura el dolo exigido por el tipo penal".
"Así, de los hechos acreditados, es posible advertir que la conducta desplegada por el acusado iba dirigida a proteger al niño, evitando que pudiera lesionarse o pasar por una quebrada de difícil tránsito. De este modo, tal propósito de cuidado, se ve cambiado reflejado en la conducta posterior del acusado, pues al no encontrar al niño en su lugar comienza de inmediato su búsqueda, dando aviso a la familia", continuó.
"Al no haberse acreditado que el acusado haya desplegado la conducta de abandonar en los términos exigidos en el correspondiente tipo penal, se concluye que dicha conducta no es punible", añadió.
Prosiguió indicando que "la defensa introdujo una duda razonable mediante prueba pericial en cuanto a la posibilidad de que un tercero hubiese tenido participación en los hechos".
También afirmó que "los acusadores no presentaron prueba alguna que permita determinar que el resultado de muerte provenga directamente de alguna conducta desplegada por el acusado".
La lectura de sentencia se fijó para el 21 de julio a las 14 horas.