En prisión preventiva quedó este jueves
Wilson Verdugo, imputado de ser el autor intelectual del homicidio de
Luis Reyes Ossa, más conocido como el "Rey de Meiggs", hecho ocurrido en junio pasado frente a un edificio de Ñuñoa.
El empresario es acusado de contratar -a través de un intermediario- a tres sicarios venezolanos para dar muerte a Reyes, con quien mantenía una larga relación de amistad. Una alta deuda económica sería la motivación detrás del crimen.
Por estos hechos, fue formalizado por homicidio calificado, robo con intimidación y tenencia ilegal de municiones, decretándose en su contra la medida cautelar más gravosa por los 120 días que se extenderá la investigación.
Para tomar la resolución, el juez Iván Olavarría, del 8° Juzgado de Garantía de Santiago, consideró una serie de antecedentes expuestos por la Fiscalía Oriente en la audiencia, los que a su juicio acreditarían la participación del imputado en el delito, al menos en esta instancia procesal.
"En cuanto a la participación del imputado como autor intelectual y ejecutor, esta se encuentra respaldada por antecedentes que permiten presumir fundadamente su intervención en los hechos investigados, particularmente la declaración espontánea de un coimputado el 8 de julio del 2025, quien sin conocimiento de otros antecedentes de la investigación, dio información específica sobre un chileno que coinciden con las característica del imputado y su relación previa con la víctima", sostuvo.
De acuerdo al magistrado, a esto se suma "el análisis del teléfono del ofendido, que permite inferir que el último contacto antes del homicidio fue una llamada de WhatsApp efectuada por este hacia el imputado el 19 de junio a las 12 horas con 18 minutos. Esto es apenas 2 minutos antes de su muerte".
En ese sentido, el juez recordó que, según expuso el Ministerio Público, Verdugo visitó el edificio de Reyes la misma mañana del crimen a fin de dejar un sobre con dinero en conserjería. Luego, le habría tendido una trampa a la víctima diciéndole que bajara para recoger el dinero, instancia en que se cometió el asesinato.
"La declaración del coimputado (...), la secuencia temporal de las comunicaciones telefónicas, especialmente la llamada efectuada por la víctima al imputado dos minutos antes del homicidio, resultan a concepto de este juez, en esta instancia cautelar, especialmente sospechosa y coincidente con la coordinación del delito. La entrega de sobres con dinero registrada en cámaras, permite a este juez inferir que dicha actividad configuró la estrategia para traer al ofendido al lugar donde luego sería ejecutado", acotó.
En ese sentido, Olavarría enfatizó que "el móvil económico se encuentra suficientemente establecido, no sólo por la deuda registrada en el cuaderno de la víctima, sino también por la precaria situación financiera que presentaba el imputado y además las conductas de ocultamiento posterior, particularmente el cambio inmediato de dispositivos telefónicos".
Libertad especialmente peligrosa para la sociedad
Producto de estos hechos, el juez subrayó que "concurren antecedentes calificados que permiten considerar que la libertad del imputado es especialmente peligrosa para la seguridad de la sociedad, conforme a los parámetros que establece el artículo 140, inciso 4° del Código Procesal Penal".
Lo anterior, ya que "los delitos imputados tienen asignada pena de crimen, particularmente el homicidio calificado"; porque "los hechos fueron cometidos haciendo uso de armas de fuego", y porque "la actuación se desarrolló en el contexto de una organización criminal, al menos circunstancial, integrada por el imputado como autor intelectual y tres ejecutores materiales identificados hasta ahora, evidenciando una estructura delictual cuya modalidad atenta gravemente contra los fundamentos de la convivencia social".
Junto con esto, Olavarría consideró que existen otros factores que "refuerzan la peligrosidad de la libertad del imputado".
Por un lado, la gravedad excepcional de los hechos: "Se trata de un homicidio por encargo que evidencia una personalidad de extremo peligrosa, así como la multiplicidad de delitos formalizados que revelan una conducta reiterada hacia la comisión de ilícito".
"Por otra parte, no puede este juez dejar de considerar las sofisticadas conductas de ocultamiento desplegadas, usando múltiples dispositivos telefónicos para eludir la investigación, así como la magnitud de la deuda que mantiene en el sistema financiero formal, que según el Ministerio Público supera los mil millones de pesos, todo lo cual evidencia una situación de desesperación económica, así como la naturaleza planificada y profesional del delito, que demuestra una potencial capacidad para organizar y ejecutar crímenes de extrema gravedad", profundizó el magistrado.
Debido a todo esto, expuso el juez, resulta la prisión preventiva idónea, necesaria y proporcional".