A fines de julio, la Superintendencia de Educación emitió un dictamen (N° 75) sobre la facultad de los establecimientos educacionales para imponer medidas disciplinarias a estudiantes por motivos derivados de su situación socioeconómica.
Esta disposición, que aplica únicamente a establecimientos adscritos al régimen de subvenciones que cuenten con financiamiento compartido, orienta la actuación de las entidades sostenedoras frente al incumplimiento de compromisos pecuniarios por parte de las familias de estudiantes.
"A través de estos criterios se busca resguardar las trayectorias educativas de las y los estudiantes frente a situaciones que no son su responsabilidad, como el hecho de que por razones socioeconómicas sus familias no puedan pagar la colegiatura", explicó la
superintendenta de Educación, Loreto Orellana Zarricueta.
La autoridad señaló además que otro de los objetivos de este dictamen "es orientar a las entidades sostenedoras a la hora de poner fin al contrato de prestación de servicios en todos aquellos casos en que las familias no tengan razones socioeconómicas fundadas para no pagar".
Y aseguró que "es claro que quienes por mera voluntad no cumplen con sus obligaciones no deben seguir beneficiándose de un servicio y este dictamen le entrega una herramienta a los establecimientos educacionales para que puedan solicitar documentación a las familias y determinar si los incumplimientos tienen razones socioeconómicas fundadas o no".
Por su parte, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, dijo a El Mercurio que "lo que hace la Superintendencia es ir construyendo la unificación de jurisprudencia, que incluso tribunales han sancionado ya, en una visión única para que el sistema se oriente. Esperamos que sea bien acogido por los sostenedores".
Además, descartó que exista un impacto importante a raíz del dictamen, como han apuntado algunas críticas. "Tampoco estamos hablando de un número significativo de casos; no estamos hablando de que el sistema va a colapsar por esto, sólo está puesto en el centro el resguardo del derecho a la educación de esos niños y esas niñas cuando hay situaciones sobrevinientes en términos socioeconómicos".
Ley de Inclusión Escolar (LIE)
El dictamen, de todos modos, clarifica la aplicación de la normativa vigente, correspondiente a Ley de Inclusión Escolar (LIE) -promulgada en mayo de 2015- que busca resguardar el derecho a la educación, sin discriminaciones arbitrarias.
"El dictamen en ningún momento impide que los establecimientos educacionales realicen todas las acciones de cobranza que permite la legislación civil y judicial sobre los padres, madres y apoderados, que son quienes contraen las obligaciones de pago de las colegiaturas. Lo que hemos dicho es lo mismo que dice la normativa vigente, que esas acciones no pueden perjudicar a niñas, niños y adolescentes en su derecho a la educación".
Superintendenta de Educación, Loreto Orellana
Por ejemplo, el artículo 2 de dicha legislación señala que "los sostenedores y/o directores, no podrán cancelar la matrícula, expulsar o suspender a sus estudiantes por causales que se deriven de su situación socioeconómica o del rendimiento académico, o vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio definidas en el inciso segundo del artículo 9º, que se presenten durante sus estudios".
Además, cita distintos cuerpos normativos que hacen referencia a esta materia, tales como la Ley General de Educación y la Ley de Subvenciones, que señalan la prohibición expresa de aplicar medidas disciplinarias a estudiantes, como la suspensión, expulsión o cancelación de matrícula, por causales que deriven del no pago de obligaciones contraídas por madres, padres y apoderados.
De este modo, el instrumento plantea que el sostenedor no puede usar la no renovación de matrícula como una sanción encubierta fundada en una categoría de discriminación, pero sí puede ejercer dicha facultad cuando se trate de un incumplimiento injustificado o voluntario, sin vulnerar el marco normativo.
Para la superintendenta de Educación, Loreto Orellana, el dictamen N°75 avanza en clarificar la aplicación de la normativa vigente y "otorga certeza jurídica a las entidades sostenedoras, con criterios de actuación ajustados a derecho, que los respaldan frente a procesos judiciales".
"Lo que está pasando hoy es que las decisiones de los establecimientos de no renovar matrícula a estudiantes cuyas familias han incurrido en no pago, están siendo anuladas por los tribunales de justicia, que en más de un caso han determinado el reintegro de estudiantes al no demostrarse que la medida disciplinaria se haya aplicado sin sesgos discriminatorios", explicó la superintendenta.
En cuanto a la preocupación que algunos sostenedores de establecimientos educacionales han manifestado respecto a la afectación financiera que pudiera generar el no pago del financiamiento compartido, la superintendenta Orellana aclaró que "el dictamen en ningún momento impide que los establecimientos educacionales realicen todas las acciones de cobranza que permite la legislación civil y judicial sobre los padres, madres y apoderados, que son quienes contraen las obligaciones de pago de las colegiaturas. Lo que hemos dicho es lo mismo que dice la normativa vigente: que esas acciones no pueden perjudicar a niñas, niños y adolescentes en su derecho a la educación".
UDI acudirá a Contraloría
Los diputados de la bancada UDI, Gustavo Benavente y Sergio Bobadilla acusaron que la resolución no solo afectaría a dichos establecimientos, que en total superan los 700 a nivel nacional, sino que además apuntaron directamente al Gobierno y, en particular, contra el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, calificando la medida como "ideológica".
En esa línea, los diputados advirtieron que la medida "conduce lentamente a la estatización de la educación y al fin de los colegios particulares subvencionados, que es una de las principales banderas de lucha de estas autoridades".
"Siempre hemos sido capaces de comprender el complejo escenario económico por el que pueden estar atravesando algunas familias del país, pero el Gobierno, a través de la Superintendencia de Educación, no puede estar convirtiendo una situación particular en una regla general, amenazando con ello el proyecto educativo de miles de alumnos y sus familias", plantearon.
Asimismo, subrayaron que "no se trata de defender uno u otro sistema educativo, pero el copago en los colegios particulares subvencionados es una fuente legítima de financiamiento -que está reconocida en la ley- y que les permite mantener y ofrecer una educación de calidad. Por lo tanto, al eliminar cualquier incentivo para cumplir con este pago, los más afectados serán los miles de jóvenes que verán cómo la calidad de la educación que reciben se ve deteriorada o, peor aún, su colegio tenga que cerrar por problemas de financiamiento".
Producto de aquello, Benavente y Bobadilla anunciaron que recurrirán a la Contraloría General de la República para que puedan pronunciarse sobre la legalidad de la resolución.
Lo anterior, tras afirmar que "es evidente que la medida responde a una razón profundamente ideológica, que es debilitar el actual modelo mixto en el que los apoderados también pueden aportar en la educación de sus hijos, para así avanzar hacia una estatización progresiva del sistema educativo, restringiendo la diversidad de proyectos y reduciendo la libertad de enseñanza, que es lo que históricamente han promovido".
"Hay casi 500 mil alumnos y sus familias que han optado por este tipo de establecimientos, porque consideran que los proyectos educativos que ofrecen son los que mejor se ajustan a sus necesidades y porque, además, tienen la capacidad económica para aportar en la educación de sus hijos", acotó.