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Reunión de Valencia con Chadwick y Hermosilla: Suprema ordena investigar si encuentro se ajustó a ley del lobby

El hecho ocurrió pocas semanas después de que el titular del Ministerio Público asumiera en el cargo.

29 de Agosto de 2025 | 16:19 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Fiscal Nacional, Ángel Valencia.

El Mercurio/Archivo
La Corte Suprema acogió un recurso de los diputados PC, Luis Cuello y Boris Barrera, y ordenó investigar si la reunión del fiscal nacional, Ángel Valencia, con el abogado Luis Hermosilla -imputado en el caso Audio-, y Andrés Chadwick, se ajustó a la ley del lobby.

El fallo del máximo tribunal viene revocar la sentencia del 17 de enero de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y acogió el recurso contra el Ministerio Público presentado por los parlamentarios, "debiendo dar curso a la denuncia como en derecho corresponde", detalla el escrito.

El encuentro ocurrió poco después de que Valencia asumiera como fiscal nacional, y fue él mismo quien contó lo ocurrido en octubre de 2024, cuando surgieron varios nombres de la Universidad San Sebastián salpicados con el caso Audio.

Valencia trabajó durante tres meses en la Universidad San Sebastián -antes de ser fiscal nacional-, para lo que le solicitó ayuda a Andrés Chadwick. Luego, al ser elegido como líder del Ministerio Público, también compartió un café con Luis Hermosilla, según reconoció en conversación con Tele13 Radio, aunque para abordar "temas personales".

El fiscal contó que una vez que dejó esa casa de estudios, para asumir como fiscal, le dijo a Chadwick que "si algún día (Hermosilla) quería tomar un café para aclarar ese punto, yo encantado. Y me voy, a las semanas me llama (Chadwick) y me dice 'hoy me llama Hermosilla' y me dice que Hermosilla quiere juntarse conmigo para dar explicaciones y para resolver esas asperezas'".

Asimismo, aseguró que "eso no es un tema que tenga que ver con causas, no queda cubierto por la ley del lobby".

"El Ministerio Público ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario"


En el fallo, la Corte Suprema detalla que los diputados Barrera y Cuello interpusieron una acción constitucional de protección en contra del Ministerio Público, denunciando que éste "ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al no dar curso a la denuncia por infracciones a la Ley 20.730 (ley del lobby), en contra del Fiscal Nacional, vulnerando sus garantías constitucionales (...)".

"(...) El Ministerio Público ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al rechazar de plano por medio del Fiscal Nacional subrogante la denuncia de los actores presentada contra el Fiscal Nacional, incurriendo en una vulneración a su garantía constitucional de igualdad ante la ley, razón por la cual será acogida la presente acción".

Fallo Corte Suprema
Esto, porque el fiscal nacional subrogante dictó una resolución que "rechaza directamente su presentación, al estimar que los hechos denunciados no correspondían ser registrados de conformidad con lo señalado en la ley (del lobby)".

Los parlamentarios alegaron que dicho acto fue "ilegal y arbitrario desde que por su medio se rechaza de plano su denuncia, sin haberse seguido el procedimiento establecido en la ley, y no contando el Fiscal Nacional subrogante con competencias para efectuarlo", por lo que solicitaron que el Ministerio Público dejara sin efecto la mencionada resolución.

Por su parte, el Ministerio Público solicitó el rechazo del recurso de protección ingresado en su contra, alegando improcedencia y que "el rechazo de la solicitud para aplicar el procedimiento establecido en el artículo 21 de la ley (del lobby) se basó en la literalidad de dicha norma, la que, a su entender, presupone como cierto o verdadero que ocurrió efectivamente un incumplimiento o infracción por parte de la autoridad".

Así, la Fiscalía Nacional, al considerar que los hechos que dieron origen a la denuncia consistieron en "un encuentro informal que no tuvo por objeto tratar materias reguladas por la ley (del lobby), no puede estimarse que se ha incurrido en arbitrariedad o ilegalidad alguna".

El fallo destalla que "(...) el Ministerio Público ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al rechazar de plano por medio del Fiscal Nacional subrogante la denuncia de los actores presentada contra el Fiscal Nacional, incurriendo en una vulneración a su garantía constitucional de igualdad ante la ley, razón por la cual será acogida la presente acción".