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Triple crimen de La Reina: Por qué se investiga como homicidios en contexto de VIF y cómo se elevarían las penas

La Fiscalía recurrió a esta figura buscando una sentencia más dura para el único detenido.

05 de Noviembre de 2025 | 16:22 | Por Leonardo Vallejos, Emol
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Archivo, El Mercurio
El martes, la Fiscalía Oriente formalizó a Jorge Ugalde por 3 delitos de "homicidio calificado en contexto de violencia intrafamiliar, 391 causal 1 y 5, alevosía y premeditación conocida".

El 4° Juzgado de Garantía de Santiago acogió la solicitud del Ministerio Público, y decretó la prisión preventiva para el único detenido, quien es acusado de ser el autor del triple homicidio de su cuñado Eduardo Cruz-Coke, y los dos hijos de este, de 17 años.

¿Por qué se invocó que los crímenes fueron cometidos en contexto de VIF? Eso está consignado en la Ley 20066, que "establece Ley de Violencia Intrafamiliar".

Los fiscales argumentaron que este caso se acoge al artículo 5 de dicha ley. "Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente", se lee.

Y agrega que "también habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar".

En este caso en específico, el triple homicidio en contexto de VIF está dado por "pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive", en lo que se refiere a "la colateral".

Ahí entran los parentescos de cuñados, sobrinos, como es lo sucedido con los Cruz-Coke y Ugalde.

Penas más severas


Al invocar el "en contexto de VIF", la Fiscalía busca también que las penas a las que pueda castigarse al imputado sean más graves.

Para eso recurren al Artículo 13 del Código Penal chileno.

"Es circunstancia atenuante o agravante, según la naturaleza y accidentes del delito. Ser el agraviado cónyuge o conviviente civil, pariente por consanguinidad o afinidad en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado, padre o hijo del ofensor".

El ex fiscal Luis Toledo señala que "son tres homicidios calificados. Cada uno tiene una pena de 15 años y un día a perpetua, por lo que es probable que se pida perpetuo calificado por los tres homicidios".