La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó hoy la resolución de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, la que ordena realizar una nueva sesión de la comisión de libertad condicional para analizar la solicitud de Mauricio Ortega, condenado por el ataque de Nabila Rifo, registrado en mayo de 2016, hecho que la dejó con fracturas de cráneo y con pérdida de la visión.
El máximo tribunal ratificó el recurso de amparo interpuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) a favor de Rifo en el tribunal de alzada coyhaiquino.
"El nuevo dictamen, ordenado en el fallo en alzada, deberá ser dispuesto por la
Comisión de Libertad Condicional de la Región de Aysén, no inhabilitada", señala la determinación de la Suprema.
El único voto en contra fue del abogado integrante Juan Carlos Ferrada, "quien fue del parecer de revocar la sentencia en alzada y, consecuencialmente, rechazar la acción constitucional de amparo", indica la resolución.
El tribunal de alzada coyhaiquino había otorgado la libertad condicional para Ortega, quien estaba condenado a 18 años de cárcel por el ataque que protagonizó contra su entonces expareja.
Ortega fue condenado en julio de 2017, pero su condena fue rebajada luego que la Corte Suprema desestimara el delito de femicidio frustrado.
De esta manera, los casi 25 años de cárcel que debía purgar se redujeron a 18 años. Lo anterior, implicaba 12 años y 180 días por el delito de lesiones graves gravísimas, cuatro años por el delito de lesiones graves (pena recalificada y que reemplazó al femicidio frustrado) y 541 días por el delito de violación de morada.
El saldo de la condena de Ortega quedó en 8 años, 7 meses y 7 días desde el 1 de octubre de 2025.