La Corte Suprema confirmó la querella de capítulo contra el exfiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra, en el marco del denominado caso Audio. Con ello, el Ministerio Público puede formalizar la investigación en su contra.
El máximo tribunal ratificó la determinación de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había acogido la acción el pasado 2 de enero.
Según la acusación del Ministerio Público, Guerra "habría solicitado reiteradamente al abogado Luis Hermosilla Osorio (uno de los principales imputados en la causa) beneficios de carácter personal y 'extra posicional', así como beneficios en favor de terceros vinculados a él, aprovechando su posición de Fiscal Regional Metropolitano Oriente del Ministerio Público".
En detalle, estos beneficios incluirían la gestión de reuniones privadas con altas autoridades del Poder Ejecutivo y el expresidente Sebastián Piñera; la intermediación para una eventual designación como consejero del Consejo de Defensa del Estado; solicitudes reiteradas de trabajo, tanto en el ámbito privado como académico; y gestiones en favor de terceros, tales como apoyo al fiscal adjunto del Ministerio Público Tufit Budafel, imputado en una causa penal, y la recomendación para la designación de una notaría a Patricia Manríquez.
Además, habría entregado información secreta, reservada o estratégica de investigaciones penales a terceros ajenos a los procedimientos; adoptado decisiones procesales supuestamente injustas, tales como reformalizaciones, solicitudes de salidas alternativas, procedimientos abreviados o la exclusión de hechos previamente formalizados; y conducido de manera personal y exclusiva determinadas causas, prescindiendo de equipos especializados o de la opinión técnica de unidades de apoyo de la Fiscalía Nacional.
Para la Fiscalía, estos hechos configuran los delitos de cohecho agravado, violación de secretos y prevaricación administrativa, en calidad de reiterados.
"Se confirma la sentencia apelada de dos de enero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago", señala el fallo.