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Arrau arremete contra el INDH por reparos a "rayados": "Vuelve a romantizar el vandalismo"

El ministro cuestionó lo señalado del INDH con "observaciones" al proyecto de Registro de Vándalos.

14 de Julio de 2026 | 10:15 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Ministro de Seguridad, Martín Arrau.

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El ministro de Seguridad Pública, Martín Arrau, salió a acusar al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por "romantizar el vandalismo". Esto, luego de las observaciones que presentó la entidad respecto a una eventual "criminalización de la expresión artística" en el proyecto de Registro de Vándalos.

"El INDH vuelve a romantizar el vandalismo y a ignorar sus consecuencias. Llama 'expresión artística' a rayar sin permiso bienes públicos o privados. No. El arte no da derecho a intervenir lo ajeno y pasarles la cuenta a todos. Quien vandalice, que responda", expresó el ministro en su cuenta de X.

Agregó que "los derechos que debemos proteger son los del trabajador que levantó su negocio, los del vecino que cuida su barrio y los de todos los chilenos que financian con su esfuerzo y trabajo los bienes públicos. Alguna vez esperamos verlos de su lado, no transformando al responsable en víctima y a los afectados en una simple una nota al pie".

Los dichos de Arrau surgen luego que se conociera una minuta de 24 páginas del INDH donde se expresan observaciones a algunas materias del Registro de Vándalos.

El documento expresa que el proyecto al contar con una redacción "amplísima", no diferencia materias como "rayados" de otras como el "daño al patrimonio" o la "expresión artística".

"La tipificación del nuevo delito de rayados no autorizados (art. 486 bis CP) plantea un problema desde la perspectiva del artículo 13 de la CADH y el artículo 19 del PIDCP. La redacción del tipo penal es amplísima: comprende 'rayados, dibujos, mensajes, firmas u otras expresiones' en bienes 'muebles o inmuebles, públicos o privados', sin distinguir entre el daño al patrimonio, la expresión artística y la manifestación política", señala el texto del INDH.

En tanto, en sus conclusiones, su punto 4 se titula "criminalización de la expresión artística", donde plantean que "la tipificación del artículo 486 bis del Código Penal en los términos propuestos es incompatible con los estándares del artículo 13 de la CADH y el artículo 19 del PIDCP, por cuanto su amplísima redacción puede alcanzar formas de expresión artística, cultural y política protegidas por el DIDH".

"El tipo penal no distingue entre daño al patrimonio y expresión en el espacio público, ni establece criterios que permitan identificar con suficiente precisión la conducta prohibida, vulnerando además el principio de legalidad penal", agrega.