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¿Tendrá viabilidad?: Abogados constitucionalistas analizan las posibilidades de la arremetida de la izquierda en el TC

Los senadores ingresaron un escrito por invariabilidad tributaria y otro por RCA, mientras que los diputados recurrieron por ambos temas en una única presentación.

22 de Julio de 2026 | 18:18 | Por María Cristina Romero, Emol
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Los tres escritos fueron ingresados al TC.

El Mercurio/ Archivo.
Una importante ofensiva concretó ayer la oposición en contra del proyecto de reconstrucción, presentando tres requerimientos ante el Tribunal Constitucional por las normas sobre invariabilidad tributaria, así como lo que dice relación con cambios al modelo de Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Los senadores del sector ingresaron dos escritos -uno por cada tema-, mientras que los diputados hicieron lo propio en una única presentación. A la vez que desplegaron a un equipo importante de abogados en la defensa de sus argumentos, sumado a otros que también trabajaron en el tema durante semanas.

Pese a que la iniciativa aún no sale del Congreso y de hecho, esta jornada enfrentará una comisión mixta, la oposición apostó por adelantar su estrategia y evitar así que el Gobierno realizara una promulgación exprés de la ley que les impidiera recurrir al organismo.

Más allá del debate político, ahora será el TC el encargo de pronunciarse respecto a la constitucionalidad de las normas en cuestión.

Primeros análisis


Consultados por Emol, un grupo de expertos constitucionales adelantaron sus aproximaciones frente a lo que será el análisis que harán los ministros del TC.

El abogado constitucionalista Javier Couso, director del Doctorado en Derecho de la Universidad Diego Portales (UDP), comentó a este medio que se trata de "un caso inédito" respecto de la jurisprudencia del TC, pues el organismo "nunca se ha pronunciado sobre la constitucionalidad o no de una invariabilidad. Yo diría que en el derecho comparado yo no conozco una devolución a todo evento y con responsabilidad estricta al Estado por una decisión judicial que altere un permiso previamente administrativo por parte del Estado".

A su juicio, "estamos en tierra inexplorada y cuando eso ocurre, son de muy difícil pronóstico, a mi juicio, este tipo de acciones ante el Tribunal Constitucional". Por lo que cree que sentarán mucha jurisprudencia estos fallos.

Sobre el escrito de senadores por invariabilidad tributaria, patrocinado por los abogados Jorge Correa Sutil -cuya trayectoria en el área destaca- y Jaime Gajardo, Couso comentó que tiene un argumento complicado, "acerca de cómo la invariabilidad de estas leyes harían inconstitucionales las próximas leyes que bajaran impuestos, porque te dejarían a dos grupos de inversionistas que están en la misma actividad; unos con un tipo de carga tributaria, otros con otro y esto violaría la igualdad constitucional, el principio de no discriminación arbitrario".

"Pero también mencionan que esto va a invitar a futuros legisladores a intentar blindar otras materias por la vía de declarar invariabilidad, digamos, en materia de beneficios sociales o de otra índole. ¿Por qué menciono esto?, porque lo que decida el Tribunal va a marcar va a tener un impacto futuro respecto a cómo se van a manejar las invariabilidades de aquí a futuro", sostuvo. Lo mismo, acotó, respecto al otro argumento de la oposición que dará un precedente en derecho administrativo.

Por otra parte, Couso aludió a la posibilidad de un fallo salomónico, donde cree que "uno no puede descartar que el Tribunal declare que este proyecto de invariabilidad es constitucional en la medida que futuras leyes que derogaran esta ley no obligaran al Estado a indemnizar a quienes firmaron contratos. O sea, es como que este se podría anticiparse al futuro efecto una ley que derogara esta ley (...) Y es particularmente, yo lo veo bastante plausible en terrenos donde nunca ha incurrido antes el TC".

Sobre el escrito de la Cámara en relación a materia medioambiental, Couso destacó que se aluda al informe de la Corte Suprema, donde se emitió una opinión bastante crítica en este tema.

Por su parte, Sebastián Soto, investigador del Centro de Estudios Públicos (CEP), manifestó que "la invariabilidad tributaria es una decisión de política económica que, a mi juicio, no tiene problemas constitucionales".

"Ante todo, hay que decir que el TC desde hace tiempo viene siendo deferente con las decisiones legislativas en materia económica que, como es este el caso, no involucran derechos fundamentales. Pero además tenemos muchos precedentes similares", indicó Soto.

Según el investigador del CEP, "aquí la pregunta fundamental es si puede o no el Estado conceder por ley una estabilidad razonable a ciertos marcos regulatorios. Hoy, por diversas razones prudenciales, las leyes ya están reconociendo espacios para el congelamiento regulatorio en áreas como las concesiones, la regulación urbana, materias contractuales, etc".

"Hacerlo ahora acotadamente en lo tributario es igualmente constitucional, más aún si la estabilidad regulatoria es limitada en el tiempo y en su alcance. No veo por qué el TC hoy podría decir que no es posible hacerlo con límites precisos en el ámbito tributario", recalcó Soto.

En tanto, Eduardo Cordero, profesor de Derecho Público de la Universidad Católica de Valparaíso, aseveró en El Mercurio que en relación a la invariabilidad tributaria, un pronunciamiento del TC, "puede dar lugar a un precedente relevante, respecto a la forma en cómo el Estado de Chile puede generar la confianza y la seguridad para el desarrollo de determinadas inversiones y actividades económicas".

Sobre la indemnización por nulidad de una Resolución de Calificación Ambiental, Cordero apuntó que "también es posible que se abra un nuevo debate respecto del régimen aplicable a la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños que produzca el Estado a través de sus actuaciones".

Días atrás, la ex presidenta del TC y Directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Marisol Peña, dijo en entrevista con el Líbero, que respecto a la invariabilidad tributaria, "constitucionalmente hablando, este requerimiento no debiera ser acogido por el Tribunal Constitucional. Lo afirmo por lo siguiente: en primer lugar, se dice que esta norma de invariabilidad tributaria, es decir, dejar congelada la carga impositiva de quienes inviertan en Chile para el desarrollo de la economía, en proyectos muy importantes de infraestructura, salud, en fin, entre otros, y quedaría congelada durante un plazo que, escalonadamente y dependiendo de la inversión, llegaría hasta un máximo de 20 años".

"Entonces, se dice que no se puede amarrar al legislador, pero resulta que cuando elegimos, en virtud del principio democrático y de la soberanía nacional, a nuestros representantes ante el Congreso, les estamos entregando un verdadero mandato para que ellos interpreten qué es lo necesario para el bien común en un período histórico determinado. Por lo tanto, me parece a mí que uno le está confiriendo precisamente al legislador un mandato amplio, que perfectamente podría significar que, por razones de bien común y teniendo presentes derechos como el derecho a la seguridad jurídica de los inversionistas, se apruebe una medida de esta naturaleza", opinó Peña.

Y agregó que "hay que darle al Tribunal Constitucional la posibilidad de que pueda diseñar algún tipo de argumentación jurídica (...) Pero yo tengo 12 años de experiencia en la jurisdicción constitucional y no veo cómo aquí se podrían levantar objeciones que echaran abajo el proyecto. No descarto que alguna norma, eventualmente, si se plantea un requerimiento, pudiera ser eliminada. Pero quiero decir aquí, responsablemente, que me parece que el proyecto de la megareforma no corre peligro en el Tribunal Constitucional".

Trámite rápido


En tanto, Juan Pablo Díaz, director del Magíster en Justicia Constitucional de la Universidad Autónoma de Chile, dijo que la tramitación de los requerimientos "debería ser relativamente rápida, dado que, de acuerdo con la Constitución, el Tribunal Constitucional deberá resolver dentro del plazo de diez días contado desde que reciba el requerimiento, a menos que decida prorrogarlo hasta por otros diez días por motivos graves y calificados".

"Cuestión distinta es si los requerimientos tengan o no viabilidad o tener éxito. El Tribunal Constitucional es y debe ser un órgano de control constitucional. Habrá que estar atentos al cómo se llevará a cabo dicha función, como a la interpretación que se realice del texto constitucional, cuál será el margen de apreciación hacia el legislador, en relación con las materias de que tratan los requerimientos", mencionó Díaz.