El Gobierno ingresó ayer lunes al Congreso su r
eforma constitucional en materia de seguridad. Dentro de los puntos centrales está una modificación a los estados de excepción.
En el documento hacen un amplio despliegue con las modificaciones, del que para el Ejecutivo se llama
"Estado de excepción de seguridad pública".
Establece que se puede declarar cuando exista una
"amenaza grave e inminente" contra la seguridad pública o cuando esta ya haya sido gravemente afectada.
Asimismo, estipula que lo declara el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas.
Otro cambio es que
puede durar hasta 120 días. El Presidente puede prorrogarlo por igual período, pero para sucesivas prórrogas necesita el acuerdo del Congreso Nacional.
Ahora, una vez declarado, las zonas quedan bajo la dependencia inmediata del Oficial General que designe el Presidente.
El Presidente debe informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas durante el estado de excepción. Una ley orgánica constitucional establecerá las atribuciones y deberes de la autoridad a cargo de las zonas afectadas, las facultades de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y la eventual colaboración de las Fuerzas Armadas.
La reforma incorpora un nuevo inciso al artículo 43 que establece que, durante este estado de excepción, el Presidente podrá:
Suspender o restringir la libertad personal y de locomoción - Restringir el derecho de reunión - Restringir el derecho de asociación - Interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones - Disponer requisiciones de bienes.
¿En qué se diferencia del estado de emergencia? De acuerdo al documento ingresado, la propuesta busca que este nuevo estado pueda utilizarse antes de que la situación llegue a niveles difícilmente reversibles, pero también cuando la afectación grave de la seguridad pública ya se haya producido.
El mensaje dice que el crimen organizado puede afectar progresivamente la seguridad pública, controlar territorios e intimidar comunidades sin necesariamente encajar desde el inicio en las hipótesis tradicionales de los estados de excepción.
Territorios acotados
El ministro de Seguridad, Martín Arrau, sostuvo en radio Universo que "lo que hemos pensado en este estado de excepción de grave alteración o amenaza a la seguridad pública es que hoy hay situaciones muy complejas de abordar, muy complejas, y depende del fenómeno delictual. Por ejemplo, pueden haber zonas rurales de nuestro país que estén tomadas por grupos terroristas o de narcotráfico".
Sin querer profundizar en qué zonas tienen pensado implementarlo, comentó que "tenemos simulaciones de zonas donde podría aplicarse. Mucho más acotadas. Nosotros hablamos de polígonos y dependen de fenómenos intelectuales, de dinámicas anarquistas, terroristas, en algún caso".
Fuentes conocedoras de la reforma señalan que ya hay 30 "polígonos" identificados.