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Conducción a exceso de velocidad y caso de Ivette Vergara: ¿Cuándo se considera infracción o delito?

Esto tras el caso de Ivette Vergara, quien fue detenida la noche del domingo en Vitacura.

18 de Agosto de 2026 | 16:20 | Redactado por M. Silva, Emol
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El Mercurio
Por circular a más de 160 km/h fue detenida la noche del domingo Ivette Vergara en Vitacura. Un día después, la conductora de televisión fue formalizada por el delito de conducción temeraria, quedando en libertad pero apercibida a una nueva audiencia programada para octubre.

A la salida del tribunal, si bien Vergara asumió su responsabilidad por conducir a alta velocidad, intentó bajarle el perfil al señalar que iba "161 y la norma es 160. Ósea, un kilómetro". Además, sostuvo que "es una falta dentro de un delito".

Posteriormente, la comunicadora expresó: "Cualquier ciudadano está expuesto a que te pase eso, sobre todo ahora con la nueva ley, es importante que la gente sepa y se entere, porque con toda la gente que he hablado, nadie conoce la nueva ley que transforma el exceso de velocidad en un delito2.

Pero ¿Qué contempla la ley sobre la conducción temeraria?

La Ley 21.495 señala que todo aquel que conduzca un vehículo motorizado y sobrepase en 60 km/h los límites de velocidad fijado "será sancionado con la pena de prisión en su grado máximo o multa de 2 a 10 unidades tributarias mensuales; y la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de seis meses hasta dos años si es sorprendido por primera vez".

En caso de reincidencia, la suspensión podría ser por hasta cinco años. Si hay una tercera ocasión, se cancelará la licencia.

Alberto Escobar, secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) manifestó: "Es muy importante diferenciar lo que es conducción temeraria de exceso de velocidad contemplado dentro de la ley de tránsito. La primera es una falta que conlleva una infracción y que se sanciona el exceso de velocidad en una determinada cantidad de kilómetros, ya sea en la carretera o en zonas urbanas".

"En el caso de lo que llamamos velocidad temeraria, primero que nada es 60 kilómetros sobre la máxima permitida, es decir, en carretera, que son 120, ser sorprendido a 180. En ciudad o zona urbana, que es 50 a 110, ya es velocidad temeraria", advirtió.

El teniente coronel Carlos Cortes, prefecto de la Prefectura del Tránsito y Carreteras, subraya que el error de muchos es pensar que la velocidad máxima en rutas y autopistas es de 120 kilómetros por hora: "Es un error, toda vez que por distintos tramos de las vías y dependiendo de las condiciones geométricas de la calzada, las velocidades pueden disminuirse hasta 80 km/h", sentenció.

"Si en una zona donde la velocidad máxima es de 100 km/h, un vehículo que va sobre los 160 km/h ya constituye un delito y no una falta", complementó el coronel.

Lo anterior, es precisamente lo que incurrió Ivette Vergara la noche del domingo y que motivó su aprehensión.

En conversación con 24Horas, Carlos Larravide, gerente general de Automóvil Club explicó que "hasta 10 kilómetros por hora es una infracción menos grave, entre 11 y 20 kilómetros por hora es grave. Y 20 y 60 kilómetros por hora es una infracción gravísima. Pero cuando el exceso de velocidad supera los 60 km/h, la conducta deja de ser una infracción y pasa al ámbito penal configurándose un delito".

Si uno es sorprendido en este escenario, "ya no hay competencia del Juzgado de Policía Local, sino que es competencia de Fiscalía por ser delito", señaló el teniente coronel, quien advirtió que "una de las principales causas de los 900 fallecidos que llevamos en lo que va del año 2026 es precisamente el exceso de velocidad".

En esa línea, para Carlos Larravide resulta preocupante "no solo las altas velocidades a las que circulaba, sino también normalizarlas porque solo superaría el límite por un kilómetro. A 160 no estamos hablando de una diferencia anecdótica, estamos hablando que ante cualquier error puede tener consecuencias gravísimas".

El secretario de Conaset destaca que "la velocidad genera lo que se llama visión de túnel, y que impide lo denominado visión periférica, que es clave en la conducción porque tú tienes conciencia y percepción del resto de los vehículos que están en el sistema vial con el que tú te estás desplazando".

"Segundo, por cada kilómetro que tú excedes la velocidad máxima, aumenta en un 7% la posibilidad de resultar muerto o seriamente lesionado en un siniestro vial, es decir, es exponencial", cerró