Noelia solicitó la eutanasia en 2024.
El Mercurio (imagen referencial)
El Tribunal Constitucional español (TC) rechazó este viernes admitir a trámite el último
recurso presentado por un padre para frenar la eutanasia de su hija, una joven de 25 años afectada por una paraplejia, práctica que actualmente se encuentra suspendida por un juzgado.
La Sala encargada en la corte de garantías adoptó esta decisión por unanimidad en una sesión extraordinaria, ante la
"manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable" del progenitor de Noelia, según informa el Tribunal.
Con esta resolución, que no entra sobre el fondo del asunto,
se cierra en España el recorrido judicial emprendido por el padre de la joven Noelia para paralizar la eutanasia acordada en 2024, si bien fuentes jurídicas informaron que su representación legal, que corre a cargo del despacho ultracatólico Abogados Cristianos, llevará el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
No hay vulneración de los derechos alegados por el padre
El Tribunal Constitucional consideró que no existe vulneración de un derecho fundamental a la tutela efectiva, según el recurso que el padre presentó contra la decisión del Tribunal Supremo de inadmitir otro de sus recursos contra la muerte asistida de la joven.
Además de invocar esta vulneración,
el padre impugnó las resoluciones judiciales que habían considerado acreditada la capacidad de la paciente para decidir y la concurrencia de los requisitos legales para acceder a la eutanasia porque padece una enfermedad grave e incurable que le provoca un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, pero el Constitucional también rechazó esto.
Es la primera vez que el TC aborda un caso de eutanasia desde que avaló la ley en 2023, según confirmaron a EFE fuentes jurídicas.
La ley de eutanasia fue aprobada en España en 2021 y está regulada como ayuda médica gratuita para morir tras un procedimiento que pueden solicitar los mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable".
La eutanasia fue concedida en 2024
La batalla ante la Justicia comenzó cuando el padre recurrió la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, de
18 de julio de 2024, por la que se concedió la autorización de la eutanasia de su hija, mayor de edad, y de inmediato el juzgado acordó suspenderla de forma cautelar.
El juzgado rechazó el recurso al considerar que el padre no estaba legitimado para recurrir, puesto que la hija era mayor de edad y no estaba incapacitada. Entonces apeló al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que sí reconoció su legitimación para recurrir, pero rechazó su recurso porque de ninguna de las pruebas se desprendía la ausencia de capacidad de la hija, sino todo lo contrario, y además su decisión de solicitar la eutanasia se había mantenido firme desde abril de 2024.
Ante este escenario, el padre insistió ante el Tribunal Supremo, que inadmitió el recurso, ya que el padre pretendía que se analizasen de nuevo las pruebas, algo que no es posible.
Y finalmente, el Constitucional inadmitió su último recurso.