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Discurso de inauguración del año judicial 2001(Modernización de la Justicia I)

01 de Marzo de 2001 | 12:46 | emol.com
LA CORTE SUPREMA Y EL PROCESO ACTUAL DE MODERNIZACION DE LA JUSTICIA

En mi discurso de 1° de marzo del año pasado, en las reflexiones preliminares que formulé, expresé que en el ejercicio de este cargo dedicaría mis mayores esfuerzos a perseverar en el mejoramiento de nuestra administración de justicia, y que proseguiríamos con el desafío de avanzar en el proceso de su modernización, y en particular, para que tenga oportuna aplicación el nuevo sistema de enjuiciamiento criminal, diseñado para entrar en funcionamiento en el mes de diciembre de 2000.

Con satisfacción, podemos afirmar en esta cuenta que la modernización de nuestra justicia, en lo que concierne al procedimiento de enjuiciamiento penal, concluyó por constituirse en una realidad de nuestro ordenamiento jurídico, al publicarse, el 12 de octubre del año pasado, el nuevo Código Procesal Penal, y al comenzar la aplicación del nuevo sistema, en la fecha prevista, en las Regiones IV de Coquimbo y IX de la Araucanía.

Con la participación del señor Presidente de la República, su Ministro de Justicia, Ministros de Corte Suprema, de Corte de Apelaciones y demás autoridades de esa IV Región, el día 16 de diciembre pasado, en una ceremonia de gran significación, y emotividad, que contó con una importante concurrencia de ciudadanos, dimos inicio al funcionamiento del nuevo sistema, e inauguramos el moderno y cómodo edificio del Juzgado de Garantía de la ciudad de Vicuña.

De la cuenta consignada en los capítulos correspondientes a la labor de la Corte Suprema y de su Corporación Administrativa, aparece de manifiesto la magnitud de la labor que se debió realizar para la adecuada implementación y oportuno funcionamiento del nuevo sistema en las Regiones de las Cortes de Apelaciones de la Serena y Temuco, a las cuales les correspondió también una activa e importante responsabilidad, lo que es justo destacar.

Como esta nueva legislación importa el cambio más trascendental en los últimos cien años, en orden a modernizar nuestros sistemas judiciales, ello me lleva a tener que efectuar algunas consideraciones generales acerca de este proceso, de su contenido y alcance.

El estudio y análisis para incentivar el cambio del sistema procesal penal, se inició en foros para la reforma que tuvieron lugar hace algunos años, y el proceso de modernización legislativa tuvo su comienzo en el gobierno anterior, del Presidente Frei Ruíz-Tagle, con su Ministra de Justicia, señora Soledad Alvear Valenzuela, lográndose importantes avances legislativos, a saber, la reforma constitucional que introdujo en nuestra Carta Fundamental el Capítulo VI A, sobre el Ministerio Público, órgano que es consubstancial para el funcionamiento del nuevo sistema; la Ley N° 19.640, de 15 de octubre de 1999, orgánica constitucional de ese Ministerio, y la elaboración y presentación al Congreso del proyecto de ley para un nuevo Código Procesal Penal.

Este proceso modernizador prosiguió y fue asumido con efectiva resolución en el curso del año pasado, por el actual gobierno del Presidente de la República, don Ricardo Lagos Escobar, con su Ministro de Justicia, don José Antonio Gómez Urrutia, lográndose finalmente, la aprobación y publicación de la Ley N° 19.696, de 12 de octubre de 2000, que establece el nuevo Código Procesal Penal para el país, a lo que cabe agregar la ley de la Defensoría Pública, que en estos días se encuentra en trámite para su promulgación y publicación.

Esta ley está llamada a cumplir un rol de importante significación en el funcionamiento del nuevo sistema, por cuanto hace efectiva la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política, que asegura a toda persona el derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señala, y otorga asesoramiento y defensa, exclusivamente por medio de abogados, a quienes no los tengan o no puedan procurárselos por sí mismos.

Me resulta justo destacar que todo este proceso de reforma, desde su inicio, además del estímulo que le otorgó la comunidad en general, recibió el decidido y eficaz apoyo de importantes instituciones privadas, en especial de parte de la Fundación Paz Ciudadana, que preside don Agustín Edwards Eastman, también de la Corporación de Promoción Universitaria (CPU) y de los cuerpos académicos de las Facultades de Derecho de la mayoría de las Universidades del país.

Esta Corte participó activamente en este proceso de modernización y aportamos nuestro concurso en los foros de estudios preliminares y posteriormente, durante la tramitación legislativa de los respectivos proyectos de ley, en especial ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del H. Senado, a la que concurrimos como invitados, debiendo mencionar la regular asistencia y cooperación que le cupo en esa Comisión al Ministro don Mario Garrido Montt.

Me complace resaltar que nuestra vinculación con esa H. Comisión del Senado fue fluida y directa durante el estudio de la Reforma, tanto que, a mediados del año pasado, celebramos una sesión especial, inédita en esta Corte, en la que recibimos a sus miembros encabezados por su presidente, H. Senador Sergio Diez U., oportunidad en que se intercambiaron útiles e interesantes precisiones sobre la normativa y estado de tramitación del proyecto del nuevo Código Procesal Penal.

Estamos convencidos, en razón de la correspondiente interrelación y cooperación que debe existir entre los diversos Poderes del Estado, para abordar y resolver los asuntos de la mayor trascendencia que interesan al bien común de la ciudadanía, que los jueces no debemos sustraernos ni permanecer ajenos en los procesos públicos de crecimiento y de modernización, en los ámbitos que nos competen, como ha ocurrido en la situación que ahora nos ocupa.

Debo reconocer además, que nuestra resolución por el cambio y por esta modernización estuvo precedida, además, por el convencimiento de que nuestro antiguo sistema de enjuiciamiento penal, inquisitivo y secreto, con casi cien años de aplicación, no satisface las exigencias de nuestra realidad, ni se conforma con la actual estructura institucional del país, en razón de las deficiencias que presenta como sistema, para que los jueces puedan ejercer una justicia eficiente, más rápida y transparente, aspectos que ha percibido la comunidad, hasta el punto de apreciarse cierta lejanía y algún grado de desconfianza hacia la administración de justicia, en relación con el antiguo sistema.

Confiamos que el nuevo sistema, que separa nítidamente las funciones de juzgar, que corresponden en esencia al Poder Judicial, con la de investigar que se entrega exclusivamente al Ministerio Público, como órgano independiente y autónomo, otorgará a nuestros jueces las herramientas para revertir las deficiencias actuales y aumentar los niveles de imparcialidad, necesarios para juzgar, dentro de un debido y racional proceso, de la manera que se encuentra garantizado por nuestra Constitución Política.

Resulta muy útil recordar a este respecto, que el proceso penal constituye fundamentalmente un método de realización de la justicia con las debidas garantías para el procesado, antes que un instrumento de defensa de la sociedad contra el delito.

Deseo resaltar, lo razonable que resulta tener que iniciar la aplicación del nuevo sistema, en conformidad al proceso de gradualidad previsto, cuya primera fase, ya esta iniciada, en las respectivas Regiones pilotos; la segunda fase, se emprenderá a partir del 16 de octubre de este año, en las Regiones II, III y VII; y a fines de 2002, según lo previsto, en la Región Metropolitana; y en las restantes Regiones del país, a fines del año 2003. Todo esto, respecto de las dos últimas fases mencionadas, siempre que no se produzca un ajuste de la gradualidad, que me parece aconsejable estudiar, atendida la envergadura que presenta y tendrá la implementación y puesta en marcha del nuevo sistema en la Región Metropolitana.
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