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Corte Suprema deja en acuerdo amparo en favor de dirigente mapuche

La Segunda Sala Penal dejó en acuerdo la resolución respecto de si concede o rechaza el amparo al dirigente mapuche Segundo Aniceto Norín Catrimán, quien permanece detenido luego de ser procesado por su participación en actos incendiarios en contra del Fundo Nancahue, de propiedad del ex ministro Juan Agustín Figueroa.

21 de Enero de 2002 | 16:39 | Carolina Valenzuela, EMOL
SANTIAGO.- La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dejó en acuerdo la resolución respecto de si concede el amparo al dirigente mapuche Segundo Aniceto Norín Catrimán, único detenido por la ley antiterrorista luego de ser procesado por su participación en actos incendiarios en contra del Fundo Nancahue, de propiedad del ex ministro Juan Agustín Figueroa, en la Novena Región.

Esta mañana el tribunal escuchó los alegatos de los abogados querellantes Ricardo Musso en representación del ministerio del Interior, y el fiscal nacional Guillermo Piedrabuena. Por la defensa argumentó ante la Corte el abogado de la Defensoría Nacional, Cristián Arias.

El fiscal Guillermo Piedrabuena explicó que su participación en los alegatos era excepcional y se debía a que en el caso está afectada una persona de investidura (el ex ministro Figueroa), a que la corte de Temuco en forma a su juicio "equivocada" no permitió alegar al fiscal, y a que este es el primer caso de aplicación de la ley antiterrorista que llega a los tribunales en el reformado sistema procesal pena.

Piedrabuena consideró que en los alegatos en favor del lonco de la comunidad Didaico, Segundo Norín, la defensa argumentó tocando puntos "de extraordinaria gravedad", puesto que la defensoría nacional sostuvo, a su juicio en forma errada, que la ley de conductas terroristas está derogada por el Código Procesal Penal.

"La legislación no sólo está vigente, sino que además es protegida por la propia Constitución política, de modo que el código no puede haber derogado una legislación tan importante y tan relevante en nuestro país", sostuvo el fiscal nacional.

Por su parte el abogado de la defensoría, Cristián Arias, explicó que el mandato del artículo 9 de la Constitución se refiere a las conductas terroristas y su penalidad, pero no al procedimiento, el que "evidentemente ha quedado derogado con el nuevo código procesal penal, por lo que no existe una disposición que autorice al juez a prolongar la detención judicial".

Arias sostuvo además que su defendido, el lonco mapuche, "es inocente del delito que se le está imputando".

El dirigente de la comunidad mapuche Didaico fue detenido el viernes 21 de diciembre por su presunta responsabilidad en el atentado incendiario de la casa del fundo Nancahue ocurrido la noche del 12 del mismo mes. Con él también fue detenido el jefe de la comunidad mapuche Temulemu, Pascual Pichún, quien fue dejado en libertad el 24 de diciembre pasado por la titular del Juzgado de Garantía de Traiguén, Silvia Molina.
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