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Senado aprobó ley que repone sanción al consumo de alcohol en la vía pública

Junto a la ebriedad simple, materia será conocida por los juzgados de Policía Local los que podrán aplicar sanciones como multas de hasta 1 UTM, trabajos en beneficio de la comunidad, amonestación o el envío a programas de rehabilitación.

11 de Junio de 2002 | 19:51 | EMOL
SANTIAGO.- El Senado aprobó esta tarde en general y particular, por amplia mayoría, el proyecto de ley que restituye la prohibición al consumo de bebidas alcohólicas y la ebriedad simple en la vía pública.

La iniciativa -aprobada en primer trámite constitucional- establece diversas sanciones para estas conductas y entrega la facultad a los Juzgados de Policía Local para conocer de estas materias.

El proyecto, que deberá ser votado ahora por la Cámara de Diputados, corresponde a una moción de los senadores de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, la que fue perfeccionada acogiendo las sugerencias del Ministerio de Justicia y del Presidente Nacional del Instituto de Jueces de Policía Local, Alejandro Cooper.

La moción, con calificación de "discusión inmediata", dispone que las infracciones que se cometan ya no serán materia de los juzgados del Crimen, sino que en adelante serán conocidas por los juzgados de Policía Local, los cuales podrán aplicar las siguientes sanciones:

- Una multa de hasta una Unidad Tributaria Mensual (UTM $28.666).
- Conmutación de la multa por la realización de trabajos comunitarios para la municipalidad, los servicios públicos o también para organismos privados sin fines de lucro.
- Amonestación.
- En el caso que el infractor vulnere la ley en tres oportunidades, el juez de policía local podrá adoptar medidas tales como enviar al infractor a una institución para su rehabilitación.

El Ministro de Justicia, José Antonio Gómez, valoró la aprobación del proyecto y dijo que con ello se podrá sancionar el consumo de alcohol en la calle, dando tranquilidad y garantías de seguridad a la comunidad.

El secretario de Estado valoró que con este proyecto los tribunales del Crimen queden liberados de estas materias, con lo que podrán dedicar todo su tiempo a investigar y sancionar los delitos más graves, que son los que más preocupan y afectan a la comunidad como narcotráfico, homicidios, robos, entre otros.

Procedimiento

En caso que se vulnere esta normativa, la policía deberá conducir al infractor al cuartel policial, donde podrá ser mantenido hasta que recupere el control de sus actos, tiempo que no podrá exceder las 6 horas.

Los infractores quedarán citados a comparecer al juzgado de Policía Local donde se podrán aplicar las sanciones señaladas.

Se establece como alternativa que el infractor podrá allanarse a la infracción y consignar de inmediato el 25% del monto máximo de la multa ante el oficial de guardia de la unidad policial, quien deberá integrar las sumas pagadas en la Tesorería Municipal.

En caso de que menores de edad sean sorprendidos en estado de embriaguez o consumiendo alcohol en la vía pública, Carabineros puede adoptar como medida de protección el traslado del infractor al cuartel policial o a su domicilio, para ser devuelto a sus padres o guardadores.

En caso de reincidencia, es decir, si el menor incurre en las mismas contravenciones más de tres veces en un mismo año, Carabineros enviará los antecedentes del caso al Servicio Nacional de Menores (Sename).

Respecto a la situación que se produce actualmente con el consumo de alcohol en la vía pública o la ebriedad, Carabineros está facultado para utilizar las normas hoy vigentes en el Código Penal, relativas a las faltas, específicamente en el caso de alteraciones al orden público o violencia.
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