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Patricio Tombolini sufre nuevo revés judicial

Esta mañana, la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó por 5-0 el recurso de amparo presentado por la defensa del ex subsecretario de Transportes, procesado en el marco del denominado Caso Coimas.

19 de Noviembre de 2002 | 12:30 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- En forma unánime la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó hoy el recurso de amparo presentado por la defensa del ex subsecretario de Transportes Patricio Tombolini, quien con este nuevo revés judicial deberá continuar detenido en el anexo cárcel Capuchinos en Santiago.

De esta manera, el máximo tribunal confirmó el fallo que el 14 de noviembre pasado emitió la Corte de Apelaciones de Rancagua al respecto.

La Segunda Sala de la Corte Suprema estuvo hoy integrada por los ministros Enrique Cury (presidente), José Luis Pérez, Milton Juica, Nibaldo Segura, y el abogado integrante Fernando Castro.

El fallo de tan sólo una carilla sostiene que la acción de amparo "cuyo objeto es diferente al recurso de apelación, ha sido dictada por autoridad facultada al efecto, en un caso previsto por la ley, guardándose las formalidades legales respectivas y existiendo mérito suficiente, por lo que la acción constitucional referida no podrá prosperar".

Asimismo, el documento previene que los ministros Cury y Juica confirmaron el rechazo al recurso "sólo respecto al delito aludido en el fundamento primero del procesamiento, y estuvieron por revocar esa resolución en cuanto rechazó el recurso de amparo deducido por Tombolini en relación a los ilícitos enunciados en los fundamentos segundo y tercero de la misma interlocutoria, y acoger el recurso de amparo en dichos capítulos, teniendo en consideración que los hechos que ha establecido provisionalmente el tribunal a quo no resultan por ahora suficientes para justificar la existencia de los hechos punibles investigados".

Tombolini fue procesado el viernes 8 de noviembre pasado por el ministro en visita Carlos Aránguiz Zúñiga, como autor de tres delitos de cohecho. En esa oportunidad, el magistrado también encausó a otras cinco personas por delitos relacionados, en el marco del denominado Caso Coimas.

Defensa: parlamentarios interceden por plantas

En los alegatos de hoy, que comenzaron a las 10:20 y se extendieron hasta las 11:30 horas, la defensa de Tombolini, representada por el abogado Miguel Soto Piñeiro, argumentó de forma muy similar a como lo hizo ante la Corte de Apelaciones de la VI Región.

Sin embargo, en esta oportunidad, para rebatir el segundo delito de cohecho que se le imputa a Tombolini -que dice relación a que éste exigió que no se cerrara una planta de revisión técnica porque un parlamentario de la zona se lo solicitó-, el abogado presentó a los ministros del máximo tribunal una serie de oficios que llegaron hasta el Ministerio de Transportes, en los que diversos parlamentarios de la zona -tanto de la Concertación como de la oposición- interceden en favor de planteros.

Entre los legisladores nombrados ante la Corte figuran Guillermo Ceroni (PPD), Andrés Chadwick (UDI), Rafael Moreno (DC), Waldo Mora (DC) y Hernán Larraín (UDI).


En este sentido, el profesional sostuvo que es común que los parlamentarios hagan "lobby" para interceder en situaciones que se producen en las zonas que representan, y que eso no constituye delito ya que no hay un beneficio económico de por medio, lo que también se extendería a su defendido.

Con relación al tercer delito que se le imputa a su cliente -referido a que ordenó la reapertura de una planta de revisión técnica, pese a que el seremi de la región se oponía- Soto Piñeiro reiteró que su representado cumplió con su labor al acoger un recurso de reconsideración que había solicitado la viuda del empresario plantero Óscar Zepeda, y que por ello extendió en 60 días la concesión de la planta hasta que se regularizara la situación.

Asimismo, el abogado argumentó que el auto de procesamiento dictado por el ministro en visita, tiene una serie de graves errores en términos y conceptos, como por ejemplo cuando se refiere a que el seremi de la VI Región era un subordinado del subsecretario de Transportes, en circunstancias que la ley sostiene que sólo es subordinado del ministro del ramo.

El profesional reiteró en su alegato que en el procesamiento no se acredita que Tombolini haya pedido o aceptado un beneficio económico, y que, por lo tanto, es "imposible" que exista delito. Para ello adjuntó a los ministros de la Corte, una serie de libros de legislación tanto chilena como extranjera, en donde se sostiene que para que exista el delito, debe haber una solicitud o aceptación de un beneficio económico.

Soto Piñeiro hizo entrega además de la totalidad de los oficios intercambiados entre el ex seremi de Transportes de la VI Región Lincoln Pérez, y su representado, en los que -a su juicio- se acredita que Tombolini no le obligó a reabrir una planta de revisión técnica, y que, por el contrario, le hacía ver a Pérez que esa decisión era parte de sus facultades como seremi.

Respecto del primer delito, el abogado reiteró lo dicho ante el tribunal de Rancagua de que el único antecedente que existe para acusar a Tombolini de haber recibido un vale-vista a cambio de la concesión de una planta, son los dichos del empresario Carlos Filippi, quien sostuvo que el diputado Víctor Manuel Rebolledo (PPD) le había dicho que el dinero era para el ex subsecretario y que, por lo tanto, no existen pruebas concretas que acrediten el delito que se le imputa.

CDE afirma que recurso es inadmisible

En tanto, la parte querellante, representada por el abogado del Consejo de Defensa del Estado (CDE) Eduardo Urrejola, sostuvo que el recurso es inadmisible debido a que previamente se presentó una solicitud de libertad, y además no puede prosperar porque pretende revisar el fondo del asunto, y para ello existe otro tipo de recursos y no el amparo.

El abogado, con argumentos muy parecidos a los esgrimidos por su similar en Rancagua, señaló además que el amparo es improcedente en su contenido porque existían pruebas suficientes para someter a proceso a Tombolini.

El abogado Urrejola sostuvo además que el delito que se le imputa a Tombolini no sólo se concreta habiendo éste solicitado o recibido un beneficio económico. Según detalló el profesional, el artículo 248 bis del Código Penal extiende el cargo si se ejerce influencia sobre otro funcionario público para el beneficio de un tercero, lo que -a su juicio- sí involucra directamente a Tombolini.

Finalmente, el abogado, quien sólo utilizó 20 minutos para exponer sus argumentos, dijo que respecto del vale-vista que Tombolini habría recibido a cambio de otorgar la concesión de una planta, ya está establecido quién lo cobró y la relación que existía entre Alejandro Chaparro, jefe de gabinete del ex ministro Carlos Cruz, y el ex subsecretario de transportes. Por lo tanto, dijo el abogado, el magistrado tiene antecedentes para acreditar el delito que le imputó a Tombolini.

El recurso de amparo fue rechazado en primera instancia por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua el jueves pasado. En el fallo del tribunal de alzada se argumentó que el recurso no procedía, puesto que Tombolini había solicitado la libertad provisional de la que luego se desistió.

Asimismo, los magistrados sostuvieron que en el amparo no correspondía a analizar el fondo del auto de procesamiento, como lo hizo el abogado Soto Piñeiro en su alegato del miércoles.

Tombolini declara en la VI Región

En tanto, a las 07:30 horas de hoy, el cuestionado presidente del Partido Radical Social Demócrata (PRSD) -cargo que tiene actualmente congelado- salió desde el anexo cárcel Capuchinos en Santiago, rumbo a Rancagua.

Allí prestaría declaración durante la mañana ante el ministro en visita Carlos Aránguiz, en dependencias del Segundo Juzgado del Crimen.

Ésta constituye la quinta vez en la que el ex funcionario de Gobierno presta declaración ante el juez, quien ayer se trasladó hasta Santiago para efectuar una serie de diligencias, entre ellas, interrogatorios a miembros de la directiva de la Democracia Cristiana (DC) en el Palacio Ariztía.
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