VALPARAÍSO.- La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado aprobó, esta mañana, el tema de las compensaciones económicas para aquel de los cónyuges que "no desarrolló en plenitud" una actividad remunerada durante el matrimonio, por dedicarse al cuidado de los hijos y la familia.
Los legisladores llegaron a la conclusión que debe existir un monto de dinero entregado en una sola vez, una pensión por tiempo indefinido, o el usufructo sobre un bien de propiedad del otro cónyuge.
En caso de no existir un acuerdo entre ambos, el juez determinará las medidas y montos respectivos. Así las cosas, esta es la primera vez que la legislación nacional reconoce "el esfuerzo del cónyuge" que no realizó trabajo remunerado, y que queda en una situación "desmejorada" tras el divorcio, situación que contempla la legislación de países, tales como Francia, Alemania e incluso Argentina.