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Cámara aprueba proyecto que moderniza Servicio Médico Legal

El texto legal define al SML como "un servicio público centralizado, dependiente del Ministerio de Justicia, funcional y territorialmente desconcentrado a través de Direcciones Regionales, dependientes de la Dirección Nacional".

04 de Marzo de 2004 | 17:25 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Cámara de Diputados aprobó hoy en general y en particular, por 75 votos a favor, el proyecto sobre modernización, regulación orgánica y de la planta del personal del Servicio Médico Legal. El proyecto se remitió al Senado en segundo trámite constitucional.

El texto define al Servicio Médico Legal (SML) como "un servicio público centralizado, dependiente del Ministerio de Justicia, funcional y territorialmente desconcentrado a través de Direcciones Regionales, dependientes de la Dirección Nacional".

Su objetivo es entregar asesoría técnica y científica a los órganos jurisdiccionales y de investigación, en todo el territorio nacional, en lo relativo a la medicina legal, ciencias forenses, y demás materias propias de su ámbito.

Asimismo, el SML deberá velar por la extensión de la capacitación y docencia en éstas áreas, tanto a nivel nacional e internacional, y en coordinación con organismos públicos y privados, universidades y demás centros de investigación forense.

Dentro de las funciones del servicio mencionadas por la iniciativa están:

  • La realización e peritajes médico legales en materias clínicas, tanatológicas, psiquiátricas y de laboratorio;
  • La tuición técnica del personal profesional;
  • El desarrollar investigación científica, docencia y extensión en materias médico legales;
  • Efectuar la formación y certificación de sus técnicos y auxiliares tanatológicos;
  • Mantener registros estadísticos de las pruebas periciales de carácter biológico, químico u otro que determine la ley.

    Por otro lado, se precisa que el SML desarrollará su trabajo a través de una Dirección Nacional y Direcciones Regionales. La Dirección Nacional organizará su trabajo a través de la Subdirección Médica, la Subdirección Administrativa, el "Instituto Médico Legal Dr. Carlos Ybar" y las demás unidades que consulte la planta del Servicio.

    En ese sentido se establece que el Director Nacional, quien será designado por el Presidente de la República, deberá contar con el título profesional de médico cirujano, con ejercicio profesional de 10 años a lo menos, para desempeñar el cargo.

    Además se define que las salas de autopsia dependientes del SML se consideran como lugares de defunción de las personas cuyos cadáveres hayan sido llevados a estos establecimientos.
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