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Desarrolladores inmobiliarios objetan proyecto de Rentas Municipales II

La asociación gremial pide revisar algunas normas sobre el pago de contribuciones para aminorar la carga que implicará para los propietarios de viviendas.

13 de Junio de 2004 | 17:51 | Orbe
SANTIAGO.- La Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios advirtió que las modificaciones relativas al pago de contribuciones de bienes raíces, contenidas en el proyecto de Ley de Rentas Municipales II, significarán una gran carga económica para los actuales y futuros propietarios de viviendas.

En una carta enviada a la senadora DC Carmen Frei, la mesa directiva de la asociación gremial manifestó su objeción a algunas de las normas de la citada iniciativa legal y solicitó que sean revisadas para evitar el castigo económico que afectaría a quienes invierten en bienes raíces.

Los Desarrolladores Inmobiliarios opinan que el recargo en las contribuciones implicaría que los propietarios de casas de dos mil UF deberán pagar un 59 por ciento más del valor original en el lapso de vida útil de la vivienda.

Los inmuebles de tres mil UF pagarían en contribuciones el equivalente al 64 por ciento, mientras que las viviendas de cinco mil UF terminarían pagando en contribuciones un pago equivalente al 76 por ciento.

Otro efecto que tendría esta ley en los consumidores -agregaron- sería un aumento entre un 0,6 y 1,2 por ciento del costo para construir las viviendas, puesto que las empresas constructoras e inmobiliarias deben pagar estas contribuciones desde que compran los terrenos hasta cumplido el trámite de la recepción municipal de las viviendas.

Argumentaron además que el proyecto que está en el Senado modifica el artículo 8 de la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial, lo que implicará que los bienes raíces no agrícolas que están ubicados en las áreas urbanas, que correspondan a sitios no edificados y que tengan un avalúo fiscal superior a 0,3 UTM por metro cuadrado, tendrán que pagar una sobre tasa del 200 por ciento (se eleva del 100 al 200 por ciento), respecto de la tasa vigente del tributo.
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