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Empresa de retail deberá pagar millonaria indemnización a consumidor accidentado

La Corte Suprema resolvió que Sodimac actuó negligentemnte al arrendar una escalera en mal estado, que causó la caída de una persona y le provocó una serie de graves lesiones.

06 de Abril de 2010 | 11:13 | Emol
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Sodimac deberá pagar $12.759.358 al consumidor que arrendó una escalera en mal estado en uno de sus locales.

El Mercurio

SANTIAGO.- Tras rechazar un recurso presentado por la defensa de Sodimac, la Corte Suprema condenó a la empresa de materiales de construcción al pago de una millonaria indemnización a un consumidor que sufrió una caída desde una escalera en mal estado que había arrendado en un local de la companía.


De acuerdo al fallo del máximo tribunal, Sodimac deberá pagar $12.759.358 y una multa de 200 U.T.M. (más de $7 millones) por actuar negligentemente en la prestación de un servicio.


La indemnización beneficiará a Horacio Araya, quien sufrió el accidente tras arrendar una escalera telescópica para poder pintar su casa. Al momento de utilizar la escalera, la plataforma se deslizó, provocándole al consumidor una caída de varios metros de altura que le causó fracturas en ambos tobillos.


Al analizar la escalera, el consumidor se percató que ésta tenía sus patas con unos paños tomados con alambre.


Luego de la caída, Horacio Araya fue llevado a la Clínica Alemana, donde tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, para colocarle pernos y placas de titanio en ambas extremidades.


Esta se tradujo en una serie de consecuencias laborales, como no poder viajar a España, o tener que asistir a su trabajo en sillas de ruedas. También le significó un largo período de recuperación, tiempo en el cual tuvo que tomar medicamentos, usar muletas y zapatos especiales.


Después del accidente el consumidor reclamó ante Sodimac, pero no obtuvo respuesta, por lo que interpuso el reclamo ante el Sernac. Este organismo, tras realizar una mediación sin resultados positivos, denunció los antecedentes al Juzgado de Policía Local de Renca.


En el juicio, la empresa se defendió señalando que la escalera arrendada reunía todas las características de seguridad y que el accidente sufrido por el consumidor se debió "única y exclusivamente al uso inadecuado que hizo del producto, lo que se manifestó en la colocación de elementos que precisamente impedían la acción de los accesorios de seguridad".


Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos de la empresa al declarar que Sodimac no tomó las medidas de resguardo necesarias para que el uso de la escalera se realizara en adecuadas condiciones de seguridad.


Agregó que los antideslizantes del artefacto estaban en irregular estado de conservación, impidiendo su adherencia al suelo, ocasionado el deslizamiento que hizo caer al consumidor desde una altura considerable, provocándole finalmente las graves lesiones.

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