EMOLTV

Ministro García presentó ley que regula silencio administrativo

Con la iniciativa se busca adecuar la administración a los ritmos exigidos por la economía, en la obtención de autorizaciones, permisos, concesiones y en, general, aprobaciones administrativas que los empresarios requieran para iniciar una actividad lucrativa.

04 de Octubre de 2000 | 23:40 | ORBE
VALPARAISO.- El ministro Secretario General de la Presidencia, Alvaro García, presentó hoy un proyecto de ley destinado a establecer plazos legales para cada una de las etapas de los procedimientos en la administración pública y regula el denominado "silencio administrativo".

El ministro explicó que se busca adecuar la administración a los ritmos exigidos por la economía, en la obtención de autorizaciones, permisos, concesiones y en, general, aprobaciones administrativas que grandes y pequeños empresarios requieran para iniciar una actividad lucrativa, ello sin dejar de garantizar la calidad y el estándar de las prestaciones del Estado.

El proyecto establece que ninguna solicitud puede tardar más de 24 horas en llegar a la oficina correspondiente; las resoluciones de mero trámite deben ser dictadas en 48 horas; los informes y dictámenes deben dictarse en el plazo máximo de 10 días; las decisiones finales, en 20 días; y los procedimientos no durarán más de seis meses.

Se protege a las personas a quienes la administración estatal nada dice con relación a la resolución de un asunto, causándole con ello efectos negativos. Para "ello se regula el silencio administrativo que operará en los casos que establece la ley y cada vez que concurran lo presupuestos que en ella misma dispone".

Se diferencia el silencio positivo del negativo, siendo el primero aquel que aplica a las situaciones en que transcurridos los plazos legales para resolver sin que ello ocurra, por el solo ministerio de la ley se entiende otorgado lo pedido, con tal que se hayan cumplido los requisitos formales de la solicitud y siempre que su contenido no se oponga al ordenamiento jurídico.

Silencio negativo será cuando, no obstante haber transcurrido los plazos legales, la Administración se mantiene inactiva frente a una solicitud de una persona. Así, se establece que la persona podrá interponer los recursos jurisdiccionales a que haya lugar frente a dicha impasividad.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?