TrÁmites Vehiculares

Permiso de circulación

¿Qué es?

El permiso de circulación es el impuesto que anualmente deben pagar los propietarios de vehículos motorizados.

La tasación oficial de los automóviles, que hace cada año el Servicio de Impuestos Internos, es la base para determinar el valor de cada permiso.

¿Dónde y cómo se paga?

Se efectúa en los centros habilitados por cada municipalidad. Si desea pagar con cheque, éste debe ser nominativo y cruzado a nombre del "Tesorero Municipal de..." agregando la comuna en la cual tributa.

¿Cuáles son los documentos necesarios para obtenerlo?

Vehículos antiguos:
- Permiso de Circulación del año anterior
- Certificado de Revisión Técnica y de Emisión de Gases vigente
- Seguro Obligatorio con vencimiento el 31 de marzo del año siguiente
- Si existe cambio de nombre, fotocopia del Certificado de Dominio

Vehículos nuevos:
- Copia de la factura
- Revisión Técnica o certificado de homologación
- Análisis de gases
- Decreto catalítico
- Seguro Obligatorio
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil

Es importante tener en cuenta que aquellos conductores que se encuentran con multas impagas por circular sin tag en las autopistas urbanas de la capital, no pueden renovar su permiso.

Seguro automotriz obligatorio

¿Qué es?

Es un seguro que, en caso de accidente, cubre sólo los daños a las personas (conductores, acompañantes y peatones), y que es necesario para obtener y/o renovar el permiso de circulación de todos los vehículos.

¿Dónde se obtiene?

El documento puede ser adquirido de forma inmediata en cualquier compañía de seguros, cancelando el valor correspondiente.

¿Qué documentos deben presentarse?

- Padrón del vehículo a asegurar.

Certificado de anotaciones de multas no pagadas

¿Qué es?

El Certificado de Anotaciones de Multas No Pagadas le indica si su vehículo registra multas morosas. También es recomendable obtenerlo si desea comprar un vehículo usado.

Se trata de multas empadronadas, es decir, aquellas que son cursadas a través de la placa patente del vehículo, sin haber contacto directo entre el infractor y la autoridad que la cursa.

¿Dónde se obtiene?

El documento puede ser obtenido vía Internet en la página www.tramitefacil.gov.cl (ingresar al ícono Ejecutar en línea) o bien acudiendo a las oficinas de alguna municipalidad. En ambos casos es necesario conocer el número de la placa patente del vehículo.

¿Cuál es su valor?

El precio del Certificado de Anotaciones de Multas No Pagadas es de UF 0.119, IVA incluido.

Certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados

¿Qué es?

El Certificado de Anotaciones Vigentes de Vehículos Motorizados contiene los datos de identificación del vehículo; nombre y número RUN o RUT de su dueño y antiguos propietarios; limitaciones al dominio vigentes, y otras anotaciones marginales a la inscripción.

¿Dónde se obtiene?

El documento puede ser obtenido de forma inmediata en cualquier oficina del Registro Civil e Identificación o a través de la página web www.registrocivil.cl.

¿Cuál es su valor?

- Si se solicita en oficinas, el certificado tiene un costo de $660.
- Si se obtiene vía Internet, el precio tiene un recargo de $162.

Transferencia de dominio

¿Qué es?

Es el trámite que se realiza cuando una persona adquiere un vehículo motorizado y se transfiere la propiedad de éste del titular al comprador.

¿Dónde se realiza?

La transferencia puede realizarse en las oficinas del Registro Civil e Identificación del país.

¿Cuáles son los requisitos para concretar una transferencia?

Para realizar este trámite es necesario tener el vehículo inscrito a nombre del vendedor, en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.

¿Cuáles son los documentos necesarios para realizarla?

- Contrato de compraventa del vehículo, debidamente firmado por el vendedor y el comprador, y autorizado ante notario.
- Declaración Consensual realizada ante el Oficial del Registro Civil e Identificación.
- Factura de adquisición del vehículo en pública subasta, expedida por un martillero público.
- Factura de Leasing, cuando el arrendatario de un vehículo sujeto a contrato de Leasing ejerce su opción de compra.
- Escritura pública de Transferencia de Dominio, por permuta, donación, aporte de capital, liquidación de sociedad o de comunidad, etc.
- Sentencia judicial ejecutoriada, que adjudica o transfiere el dominio de un vehículo individualizado, al menos, con la Placa Patente Única.
- Auto de Posesión Efectiva, con la constancia de su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces e inventario de los bienes del causante, en el que se indique, al menos, la Placa Patente Única del o los vehículos.
- El solicitante debe exhibir su Cédula de Identidad y deberá pagar los derechos por la Inscripción de Transferencia de Dominio del vehículo.

¿Cuál es su valor?

Realizar el trámite cuesta $17.080.


Obtención de licencia de conducir

¿Qué es?

La licencia de conducir es el documento que permite manejar vehículos dentro del país. Para obtenerla, el interesado debe acreditar idoneidad moral, física y psíquica; conocimientos teóricos y prácticos de conducción y de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el tránsito público en el país.

¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?

- Certificado del Director de Tránsito de alguna comuna que indique que aprobó los exámenes correspondientes.
- Cédula de Identidad Nacional o de Extranjería vigente, con letras o dígitos verificadores.
- Tener 18 años de edad como mínimo. Excepcionalmente se podrá otorgar a postulantes que tengan 17 años, que hayan aprobado un curso en una Escuela de Conductores y cumplan con los requerimientos estipulados en el Artículo 13 de la Ley de Tránsito 18.290.

¿Qué documentos deben presentarse?

Licencia no profesional clase B:
- Certificado de Antecedentes.
- Certificado de Estudios que acredite haber egresado de octavo básico como mínimo. No se reconocen los exámenes libres por motivos de trabajo.

Licencia profesional calse A1, A2, A3, A4 y A5:
- Tener como mínimo 21 años de edad.
- Acreditar haber estado en posesión de licencia Clase B por lo menos durante dos años.
- Haber aprobado los cursos de Conductor Profesional de acuerdo al Decreto Supremo 251/98.
- Si desea obtener licencia A3, debe acreditar haber estado en posesión de licencia Clase A1 o A2, a lo menos durante dos años previos.
- Tratándose de licencia Clase A5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión de la licencia A4 durante a lo menos dos años.

¿Le robaron el auto?

Sepa qué pasos seguir ante la compañía, si ha sido víctima de este delito que va en aumento.

Si usted usa su auto de lunes a jueves entre las 18 y 21 horas, está en el grupo de mayor riesgo a sufrir un robo. Según el estudio "Robo de vehículos motorizados", elaborado por la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH), en 2005 este delito aumentó en 54% respecto de 2004, siendo las zonas más afectadas la Región Metropolitana, Calama y Viña del Mar.

Se trata de mafias organizadas que frecuentan estacionamientos cercanos a los centros comerciales, supermercados y locales de recreación nocturna, donde los vehículos permanecen por largo tiempo aparcados y con poca vigilancia. Ante esta realidad, son muchos los automovilistas que los aseguran. Según datos de la AACH a nivel nacional, su número alcanzó las 722.705 unidades en 2005 con un parque automotor de 2.516.977.

Qué hacer

Cuando sucede un robo de auto o de sus especies, hay que denunciar inmediatamente el hecho a Carabineros (salvo fuerza mayor), para que se inicie el proceso judicial y, al mismo tiempo, avisar del hecho a la compañía aseguradora por escrito, tan pronto sea posible.

Para realizar la denuncia es necesario presentar la cédula de identidad y datos del móvil robado (patrón, patente y otros). Además, se requiere describir la forma y circunstancia en que sucedió. El aviso a la aseguradora debe darse dentro de los 10 días siguientes de ocurrido el hecho, salvo fuerza mayor. Se debe concurrir a la oficina correspondiente, para cursar la denuncia del siniestro. Para ello, el asegurado debe informar al liquidador el número del parte policial y el juzgado que tramita el robo.

En la AACH agregan que todas las pólizas incluyen una cláusula en la que se faculta a la compañía para optar entre: pagar una indemnización o reparar/reemplazar las pérdidas, ya sean éstas parciales (por ejemplo un espejo) o totales (robo total del vehículo). Para el caso de reparación, se le puede pedir al asegurado que efectúe un presupuesto.

En caso de pérdida total, la empresa debe pagar la indemnización luego de transcurridos 30 días desde que se cursó la denuncia ante carabineros, aun cuando el vehículo no haya sido encontrado. Para pagar la indemnización o reemplazar el vehículo, las compañías le exigen al afectado que entregue toda la documentación del auto y manifestar el consentimiento necesario para transferirles el dominio del vehículo siniestrado a la compañía. Esto es relevante cuando el vehículo o sus restos son hallados después.

Algunos consejos preventivos son cerrar el vehículo utilizando la llave en vez del cierre centralizado, para que los delincuentes no capten la señal; no dejar la documentación en su interior ni objetos de valor a la vista; grabar la patente y el número de motor en los vidrios; accionar el freno de mano y trabavolante, y verificar que las cerraduras funcionen bien.

El Mercurio, viernes 7 de julio de 2006

En micro, pero asegurado

as víctimas del grave choque ocurrido ayer entre dos vehículos de la locomoción colectiva y un taxi están cubiertas.

Un accidente de tránsito siempre trae dolor físico y anímico. Por esta situación están pasando las víctimas del choque ocurrido ayer en General Freire con Gran Avenida, donde colisionaron dos buses de la locomoción colectiva y un taxi, dejando más de 30 heridos.

Pero también afecta el presupuesto, por los gastos involucrados. Para hacerles frente existe el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), que cubre a las víctimas y que debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado, remolque o carga.

Incluye los gastos de hospitalización, atención médica, quirúrgica, farmacéutica y dental, o de rehabilitación de una persona que sufra un accidente de este tipo, en el que participe un vehículo asegurado, según precisan en la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset). En caso de invalidez o muerte, indemniza al afectado o a los herederos.

¿Cuánto?

Cobertura: 300 UF en caso de muerte e incapacidad permanente total; 200 UF si es incapacidad permanente parcial y hasta 300 UF por concepto de hospitalización y las demás prestaciones médicas. Contempla al conductor del vehículo, a las personas transportadas o pasajeros del vehículo y a cualquier tercero afectado por el accidente, aunque no hubiese sido transportado por ninguna de las máquinas involucradas. Los beneficiarios en caso de muerte son el cónyuge sobreviviente, los hijos, los padres, y a falta de las personas antes indicadas, quien acredite la calidad de heredero.

Trámite: apenas sucede el accidente se debe dejar constancia en la unidad policial más cercana. Luego, identificar tanto las placas patentes de los vehículos involucrados como las personas lesionadas y, posteriormente, se debe solicitar en la unidad de Carabineros donde se dejó constancia un certificado en que se indiquen los datos del incidente y de los lesionados de acuerdo al parte respectivo, para ser presentado en la compañía de seguros correspondiente.

Las indemnizaciones se pagan previa denuncia del accidente y presentación en la compañía de seguros del certificado emitido por Carabineros, y de los documentos que acrediten la muerte, la incapacidad total o parcial, las lesiones sufridas o los gastos incurridos. También es necesario acompañar los certificados, boletas, facturas o comprobantes de gastos derivados y los documentos que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro. El plazo legal para cobrar las indemnizaciones es de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o desde el fallecimiento de la persona, según corresponda.

Más información

• En Internet: www.conaset.cl

El Mercurio, viernes 23 de junio de 2006

No "apueste" su vida

La conducción no es un juego, aunque muchos así lo creen. Y, a veces, la ruta les cobra muy caro por esa imprudencia.

El 24 de diciembre, Luis Romero y su nieto Michel se dirigían hacia Los Vilos para celebrar la Navidad, luego de pasar unos días en Santiago. A la altura de La Calera, el vehículo en que viajaban fue impactado por un camión que transitaba en sentido contrario. Jamás llegaron a casa.

Un hecho trágico, que probablemente pudo evitarse. Así como los 22.764 accidentes que en 2004 ocasionó la imprudencia de los conductores. Las estadísticas de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (Conaset), además, registran como causas más comunes de estos siniestros a la desobediencia de la señalización, que mató a 92 personas; la conducción bajo los efectos del alcohol, que tuvo 183 víctimas fatales; y el exceso de velocidad, en que murieron 114 personas. Este año, hasta el 30 de noviembre, se registraban 1.493 fallecidos en accidentes de tránsito.

El flujo vehicular en las carreteras aumenta en la temporada estival y miles de personas se trasladan a diversos puntos del país para pasar las vacaciones, aumentando el riesgo de accidentes. Carabineros, todos los años, entrega una serie de consejos a los automovilistas para que el descanso veraniego no termine en tragedia. Seguir estas medidas permitirá proteger su vida y la de los demás.

Velocidad y distancia

Use los cinturones de seguridad. Este implemento es obligatorio y su infracción, si bien hoy es leve, con la entrada en vigencia de la nueva Ley del Tránsito será gravísima e implica multas superiores a los $30 mil.

Conduzca por su derecha y a velocidad prudente; en carretera la máxima permitida es de 120 km/h. Aunque la velocidad razonable es la que le permite mantener el control del vehículo. Sepa que chocar a 90 km/h equivale a caer de un piso 11.

Observe y respete las señalizaciones viales; el 13% de los accidentes obedece a esta omisión.

El adelantamiento es la maniobra más peligrosa que ejecuta un conductor. Hágalo sólo cuando tenga la visual y el espacio suficientes.

Reduzca la velocidad cuando la carretera esté mojada.

No dificulte su visibilidad poniendo objetos en el vidrio trasero.

Si su automóvil tiene un desperfecto, deténgase fuera de la carretera, coloque aparatos de advertencia y asegúrese de que el vehículo esté bien detenido.

Nunca conduzca bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes. En 2004, los ebrios ocasionaron 2.947 accidentes de tránsito.

Mantener una distancia razonable y prudente con el vehículo que le antecede, le permitirá reaccionar a tiempo ante una emergencia. Siempre debe tener a la vista los neumáticos del auto que va adelante. Si no puede, quiere decir que está demasiado cerca.

El cambio de luces en carreteras, de bajas a altas, debe hacerse a una distancia no inferior a 200 metros.

Su seguridad hacia adelante empieza mirando hacia atrás. Use y mantenga en buen estado los espejos retrovisores.

No se distraiga fumando. El cigarrillo es, según expertos, un distractor mortal a la hora de conducir. Según una investigación realizada por científicos españoles, la toxicidad directa del monóxido de carbono que emana del cigarrillo disminuiría el nivel de de atención de los conductores.

No se desconcentre sintonizando una radioemisora o hablando por celular. Recuerde que la nueva ley del tránsito prohibirá su utilización.

Si quieren adelantarlo reduzca su velocidad y permítale hacer la maniobra con tranquilidad.

Respetar la vida de los demás es tan importante como preocuparse por la suya y la de su familia.

Cinturón de seguridad

Los expertos señalan que para comprender la importancia de este implemento es necesario saber qué sucede dentro del vehículo durante un accidente. Se producen dos impactos: el primero ocurre cuando el automóvil colisiona; y el segundo, como reacción al impacto (los cuerpos golpean los vidrios). Este segundo golpe es el que produce lesiones o la muerte.

Conforme a lo indicado por organizaciones internacionales, las estadísticas demostrarían fehacientemente que una persona despedida fuera del vehículo tiene 5 veces más probabilidades de morir que la que permanece dentro. Chocar a sólo 50 km/h, sin cinturón, es como caer del 4º piso.

Más información

• En Internet: www.carabinerosdechile.cl; www.conaset.cl; www.todotransito.cl

El Mercurio, jueves 29 de diciembre de 2005

Dispositivo con más de un enredo

Llegó para facilitar el pago de peajes, pero varios son los lectores que han manifestado inconvenientes con él.

Cuando debutó el sistema Televía o tag no pasó inadvertido. Primero, porque sonaba como una tecnología avanzada que, de una vez por todas, nos permitiría conducir en forma rápida y fluida. Luego, por las aglomeraciones y esperas que muchos automovilistas debieron soportar para adquirir uno.

Y si con el tiempo algunos problemas se acaban, otros llegan. Es el caso de quienes han vivido el proceso de vender un automóvil con el dispositivo, y que de no saber qué hacer pasan a tener todo tipo de complicaciones.

Ljubica Sapunar, por ejemplo, dejó su Toyota Corolla en una automotora de la marca que gestionaría la venta. Antes, eso sí, retiró el tag y lo entregó en las oficinas de Costanera Norte. Luego de esto se desentendió del tema, hasta que le llegó un cobro por haber ingresado en tres días a la autopista sin el dispositivo.

El problema pudo solucionarlo parcialmente, logrando que la automotora se haga cargo de pagar el monto, pero ahora deberá responder a las citaciones que le llegaron de dos juzgados. "He gastado tiempo y dinero solucionando los problemas en que me metió un irresponsable", dice con molestia hacia el local de compra y venta de vehículos.

Fuera de plazo

También Patricio Torres tuvo que soportar malos ratos; le cobraron una multa de $40 mil por no devolver el tag del auto que vendió, dentro de las 48 horas que siguieron a la transacción. Luego demostró que sí lo había hecho y, por último, le dijeron que daba lo mismo porque tal plazo no existía.

Con el fin de evitar complicaciones como éstas, Autopista Central firmó en julio un convenio con la Cámara Nacional de Comercio Automotriz (Cavem), que permitía a quienes vendan o adquieran un auto en alguna de las empresas asociadas a la entidad, prácticamente olvidarse del tema del tag, realizando todo el proceso en torno a éste en un solo lugar (la automotora).

Según Raúl Dell'Oro, presidente de Cavem, este acuerdo, anunciado con bombos y platillos, habría durado menos que un recorrido por la autopista, y hoy ya no regiría porque "a las empresas no les interesa. El MOP se preocupó de tener grandes vías, las concesionarias se dedicaron a hacerlas y a explotarlas. Pero del usuario, nada".

Para Héctor Precht, presidente de Automovilistas Unidos de Chile, el fin de este convenio sería "una lástima, porque para los usuarios es un lío; en nuestro sitio hay muchas quejas de gente con problemas del tag anterior. Sería una mala señal", dice.

Dell'Oro se queja también al considerar lo engorroso que, según él, es el sistema de devolución y adquisición de nuevos dispositivos. "Este tema es un parto, un caos. Hay que ir a las oficinas de la autopista a hacer los trámites, tanto el que vende como el que compra, y entregarles el aparato, que lo tienes que arrancar del vehículo", critica.

Sin embargo, el fin del acuerdo es desmentido por Autopista Central, donde aseguran que sigue en pie. "Ese convenio tenía dos partes: una consideraba que los vehículos nuevos tendrían tag, lo que hoy ya no rige porque se nos acabaron los dispositivos. La otra, que facilita el trámite de reemplazo del tag en las empresas adheridas a Cavem, continúa vigente", aclara Paola Zúñiga, jefa de Asuntos Públicos de la concesionaria.

Inhabilitación

Pero, bueno o malo, algún sistema vigente tiene que haber. Tanto en los números de atención a usuarios de Autopista Central (600-4000-600) y Costanera Norte (4900-900), como en sus sitios web, explican que el procedimiento es relativamente sencillo e incluye sí o sí la devolución del televía, que queda inhabilitado. "Así se evita su mal uso y cobros posteriores al antiguo propietario", explica Zúñiga. De la realización de este proceso se entraga una certificación al cliente.

Llamando a los números de las autopistas, quien adquiera un vehículo también puede saber si hay peajes impagos.

No es lo único en torno a lo cual algunos usuarios se quejan. Raúl Dell'Oro aprovecha la ocasión para seguir descargándose: "cuando todas las autopistas estén funcionando tendremos que pagar a cada una de las concesionarias, nos llegará una cuenta por cada una, lo que me parece ilógico. El sistema está muy mal confeccionado y las empresas no tienen mayor interés en solucionar ni éstos ni otros problemas".

Quizá (y como dice la máxima del Sernac) haya que seguir reclamando si corresponde y adoptando un rol activo ante los proveedores de este servicio. Automovilistas unidos... ¿jamás serán vencidos? Quién sabe.

Cómo se hace

En los números de atención a usuarios y en los sitios web de las concesionarias, informan que, a más tardar 48 horas después del cambio de propiedad del vehículo, se debe dar cuenta de ello personalmente a la empresa que facilitó el dispositivo, el que debe llevarse y devolverse en ese momento, además de pagar lo adeudado hasta esa fecha. Transferir el tag al nuevo dueño del automóvil no es posible, por lo que él debe gestionar la adquisición de uno nuevo.

Más información

• En Internet: www.autopistacentral.cl; www.costaneranorte.cl; www.vespucioexpress.cl; www.vespuciosur.cl; www.cavem.cl; www.automovilistas-chile.cl

El Mercurio, miércoles 28 de diciembre de 2005