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Ex presidente de Tribunal de Disciplina interpela a la ANFP a que denuncie a Mena por su detención

Ángel Botto señaló que el caso del lateral, quien fue arrestado por manejar en estado de ebriedad y a exceso de velocidad, califica para recibir una sanción.

08 de Junio de 2017 | 07:05 | Emol
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Mena debiera ser sancionado, según Ángel Botto.

Agencia Uno
SANTIAGO.- Juan Antonio Pizzi le dio su respaldo y lo mantuvo en la nómina. El mismo Eugenio Mena salió ayer a pedir disculpas públicas tras ser detenido por manejar en estado de ebriedad y a exceso de velocidad. ¿Es suficiente?

No lo es para Ángel Botto, ex presidente del Tribunal de Disciplina, quien considera que lo realizado por el lateral izquierdo califica para ser sancionado, de acuerdo al artículo 19 bis del Código de Penalidades.

"Absolutamente. La norma es clarísima y aplicarla es una asignatura pendiente del directorio de la ANFP, si aún no ha actuado. Pero todavía tiene un plazo para denunciar", explica en conversación con El Mercurio.

El abogado recalca que "lo de Mena califica sin duda alguna desde el momento en que la norma existe, pues explícitamente señala que los seleccionados deben mantener una conducta decorosa antes, durante y después de los partidos".

O sea, de acuerdo a lo que considera Botto, no lo salvaría el que aún no estaba concentrado. "La norma juzga la conducta, repito, 'antes, durante y después' de los partidos. Y supongo que el DT les da horas libres a un jugador convocado para ir a ver a la familia o tomarse un café, pero no para curarse y cometer un delito: conducir a exceso de velocidad es una falta, pero manejar en estado de ebriedad es un delito. A este muchacho, mínimo, le van a quitar la licencia de conducir por dos años".

- En la ANFP, por ahora, dejaron el caso en manos de Pizzi...

"No es Pizzi el que debe decidir esto. Al entrenador, el directorio le puede pedir una opinión, pero la facultad de actuar es exclusiva del directorio, y lo dice expresamente la norma. Pizzi puede opinar y pedir que no denuncien a Mena por las razones que sea, pero si el directorio no denuncia, queda a juzgamiento público si usa esa facultad o no. La norma otorga la facultad, pero no es imperativa, no obliga al directorio a denunciar".

- ¿En qué pie quedará la ANFP si dentro de los 30 días no denuncia a Mena al Tribunal

"Frente a un hecho tan claro y evidente, si no se denuncia a Eugenio Mena al Tribunal de Disciplina, la ANFP convertirá una norma que existe en letra muerta".

Qué dice el artículo 19 bis


"Los integrantes de una delegación de la Selección Chilena de Fútbol deberán observar en todo momento -esto es, antes, durante y después del o los partidos en que participen- una conducta acorde con el hecho de estar actuando en representación del país, ajustándose a las normas de decoro, buenas costumbres y disciplina que tal calidad exige. Las infracciones a lo dispuesto en el inciso anterior cometidas dentro o fuera del país serán denunciadas por el Directorio de la ANFP al Tribunal de Disciplina. La denuncia se hará por escrito dentro de los treinta días corridos siguientes a la fecha en que ocurrieron los hechos denunciados, todo esto sin perjuicio de las medidas inmediatas y provisionales que pueda adoptar el Director Técnico Nacional o el Jefe de la Delegación que se trate".
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