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SP por fusión de Cuprum y Argentum: Reguardos exigidos protegieron los fondos de los afiliados

La superintendenta de Pensiones destacó que el proceso no ha provocado perjuicios a las 640 mil personas que cotizan en Cuprum, ni efectos adversos en su rentabilidad ni en sus condiciones de seguridad.

15 de Junio de 2015 | 13:05 | Emol
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Tamara Agnic, superintendenta de Pensiones.

El Mercurio

SANTIAGO.- La superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic, asistió hoy a la comisión de Economía del Senado, a la que fue invitada por sus miembros para que les explicara el marco jurídico en que fue aprobada la creación de AFP Argentum y su posterior fusión con Cuprum.

Durante la sesión, Agnic detalló que tras cuatro meses de análisis, la Superintendencia de Pensiones (SP) aprobó la operación bajo estricto cumplimiento de las exigencias establecidas en el Decreto Ley N° 3.500 de 1980, que regula el sistema de pensiones, y en la Ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.

Destacó que el proceso de fusión por absorción no ha provocado perjuicios antes, durante ni después a los fondos de pensiones de los 640 mil afiliados que cotizan en Cuprum, ni efectos adversos en su rentabilidad ni en sus condiciones de seguridad.

Agnic remarcó que la declaración de un crédito tributario que le permitiría a Cuprum diferir el pago de impuestos por un valor de $ 80 mil millones en 10 años -conocido como goodwill tributario- no forma parte de las consideraciones que la normativa regulatoria le exige a la superintendencia evaluar para autorizar la operación.

Dada su condición de sociedad anónima, este crédito tributario fue informado por Cuprum a la Superintendencia de Valores y Seguros y si procede o no es materia que resuelve el Servicio de Impuestos Internos, agregó.

Frente a los cuestionamientos respecto de que la SP habría avalado una operación que perjudicaría la recaudación de impuestos, al permitir la creación de AFP Argentum y su posterior fusión con Cuprum, Agnic afirmó que "hubiese habido goodwill tributario con o sin la creación de Argentum, pues la legislación tributaria lo contempla".

En ese marco, recordó que Principal Institucional Chile, controladora de Cuprum, inició el año pasado una reorganización societaria, operación que incluía su fusión con la AFP. Tal posibilidad fue rechazada por la superintendencia, ya que Principal no tiene giro único, como exige la ley para dedicarse a la administración de fondos de pensiones.

"De haberlo permitido, lo que era una opción que igualmente generaría un goodwill tributario, la SP tendría que haber liquidado en el mismo acto todos los fondos de pensiones administrados por Cuprum y reasignado, en forma aleatoria y sin consulta, a sus  640 mil afiliados a una nueva AFP, que no escogieron", explicó Agnic.

En ese sentido, afirmó que "con los resguardos que tomó la Superintendencia para proteger a los afiliados, estos pueden ahora elegir libremente si quedarse o cambiarse de administradora".

También  agregó que un mismo grupo económico no puede tener más de una AFP, por lo que Argentum no podía operar si no se fusionaba con Cuprum.

La superintendenta hizo hincapié en que el Estado de Derecho y su ordenamiento institucional establecen claras responsabilidades a los reguladores sectoriales: "Las consideraciones tributarias son irrelevantes en el ejercicio de las competencias de la Superintendencia de Pensiones, no forman parte de su ámbito de acción".

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