SANTIAGO.- Luego de que la justicia de Coquimbo condenara a Nestlé a pagar multas por el hallazgo de huesos de animal en una de sus cajas de Chocapic en 2013, la compañía afirmó que se encuentra en proceso de apelación.
"El reclamo al que se hace referencia se realizó el 2 de abril de 2013 a través de nuestro Servicio al Consumidor. El caso fue abordado con toda la seriedad que ameritaba esta situación, siguiendo el protocolo necesario y solicitando la entrega de la muestra para análisis del producto, muestra a la cual no fue posible acceder", detalló la empresa a través de un comunicado.
Nestlé Chile también explicó que en ese momento iniciaron una investigación del proceso de fabricación, con los datos de lote y fecha de vencimiento referidas por la consumidora, con los que no detectaron ningún "tipo de anomalía. Todo lo anterior fue informado a la autoridad competente".
El viernes, el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo resolvió que Nestlé incurrió en infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, por lo que deberá pagar multas y los costos del juicio.
Esto, luego de que una familia de esa ciudad encontrara al interior de una caja de cereales Chocapic vértebras, presumiblemente de roedor, según informó la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus).
"Cuando los afectados se contactaron con la empresa, ésta les pidió la devolución de la caja para 'cambiarla por otra caja' y manifestándoles que era un 'boicót' contra Nestlé. Luego de ello, la familia presentó la demanda, la cual perdió en primera instancia", detalló el gremio.
La apelación se presentó la Corte de Apelaciones de La Serena con la asesoría de la abogada de la Conadecus, Jimena Orrego, que invalidó la sentencia de oficio ordenando al tribunal ponderar toda la prueba portada especialmente el peritaje de un médico veterinario que acreditó que las vértebras se encontraban adheridas a las hojuelas del cereal.
"El proceso de fabricación del cereal Chocapic, actuando con negligencia ha causado menoscabo a los consumidores afectados, debido a fallas o deficiencias en la calidad, sustancias y seguridad del bien fabricado, al permitir que elementos extraños se hayan adherido al producto alimentario, lo que además constituye una infracción a su deber de proporcionar seguridad en el consumo de dichos alimentos", sostiene el fallo.