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SMA inicia proceso de sanción contra Alto Maipo por 14 incumplimientos ambientales

Según la Superintendencia de Medio Ambiente, nueve de los cargos fueron calificados como graves, debido a que se trata de medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto.

30 de Enero de 2017 | 17:50 | Emol
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Archivo, Alto Maipo
SANTIAGO.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio a través de una formulación de cargos contra Alto Maipo SpA., debido a una serie de incumplimientos ambientales en su "Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo", ubicado, en la comuna de San José de Maipo.

Este proyecto cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA N°256/2009), dictada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana y actualmente se encuentra en su etapa de construcción.

Los hechos para la formulación de cargos, fueron detectados en algunas de las 18 fiscalizaciones realizadas al proyecto durante los últimos 3 años, siendo la última realizada en septiembre de 2016.

En total, la Superintendencia formuló 14 cargos por incumplimientos a las condiciones, normas y medidas establecidas en la RCA del proyecto. Nueve de los cargos fueron calificados como graves, debido a que se trata de medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto. Los restantes cargos fueron calificados como leves.

Algunos de los cargos formulados fueron:

-Afectar, sin autorización, una superficie de vega aproximada de 850 m2. Las vegas son terrenos siempre húmedos con presencia de vegetación típica.
-Desarrollar actividades no autorizadas al interior de un área de restricción, como el transporte de equipos y maquinaria.
-Incumplimiento de instrumentos forestales, interviniendo un área superior a la aprobada e incumpliendo la obligación de revegetar.
-Sobrepasar los niveles máximos permitidos para la Planta de tratamiento de RILes, en el mes de septiembre de 2015, para los parámetros Aluminio, Manganeso y Sólidos suspendidos totales.
-Construcción de obra de cruce sobre el Estero Manzanito sin contar con la aprobación sectorial requerida.
-Tránsito de vehículos de la empresa por el área de influencia del proyecto, fuera del horario establecido en la RCA.
-No aplicar medida de mitigación adicional para minimizar el impacto de las tronaduras, consistente en la reducción de la carga explosiva, en casos de superación a la norma de referencia.
-No informar inmediatamente a la autoridad, ni adoptar las acciones necesarias para controlar y mitigar los impactos ambientales no previstos que producen las líneas de transmisión en la avifauna del área del proyecto.
-Realización de tronaduras en la construcción del túnel El Volcán, sin contar con un programa de monitoreo de vibraciones de tronaduras, visado y aprobado por Sernageomin y DGA-RM.
-No informar inmediatamente a la autoridad, ni adoptar acto seguido las acciones necesarias para controlar y mitigar, los impactos ambientales no previstos asociados a los volúmenes de agua generados durante la construcción de los túneles del proyecto.

Plazos


El infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia. Dicho programa es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular enmiende sus problemas, realice las inversiones necesarias y vuelva a cumplir con la normativa aplicable.