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Impuesto al "sueldo": Revisa quiénes pagan este tributo y cuál es su aporte al Estado

El empleador es el encargado de calcular y entregar el dinero a las arcas fiscales, además de informar a los trabajadores el detalle de este descuento a través de la liquidación de sueldo.

23 de Febrero de 2017 | 11:24 | Emol
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Aton
SANTIAGO.- El Impuesto Único de Segunda Categoría es un tributo mensual progresivo y que se aplica a los trabajadores dependientes que tienen un contrato con la empresa y a los pensionados.

Es "único" porque el trabajador cumple con toda la tributación obligatoria, siempre que su trabajo sea su única fuente de ingresos, por lo que no es necesario presentar otra declaración de impuestos.

Este impuesto se aplica sólo a las personas que perciben más de 13,5 Unidades Tributarias Mensuales ($622.849 al valor de la UTM de febrero) de las rentas líquidas imponibles, es decir que se aplica una vez que ya están descontadas las cotizaciones de AFP y salud y cualquier otro ingreso considerado como "no remuneracional".

Es el empleador el encargado de hacer el cálculo y entregar el impuesto a las arcas fiscales. El monto descontado debe estar detallado en la liquidación de sueldo de los trabajadores. documento que la empresa está obligada a entregar tal como establece el Código del Trabajo.

En la siguiente tabla, se muestran los rangos de sueldos y al porcentaje que se les descuenta.

Cálculo de impuesto único de segunda categoría (para marzo)
Monto de la renta
líquida imponible
Factor Cantidad a rebajar ($) Tasa de impuesto
efectiva, máxima
por cada tramo de
renta
Desde ($) Hasta ($)
- 625.968,00 Exento - Exento
625.968,01 1.391.040,00 0,04 25.038,72 2,20%
1.391.040,01 2.318.400,00 0,08 80.680,32 4,52%
2.318.400,01 3.245.760,00 0,135 208.192,32 7,09%
3.245.760,01 4.173.120,00 0,23 516.539,52 10,62%
4.173.120,01 5.564.160,00 0,304 825.350,40 15,57%
5.564.160,01 Y más 0,35 1.081.301,76 19,55%
Fuente: Servicio de Impuestos Internos (SII)
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