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Justicia marca precedente y ordena a supermercado indemnizar a empaquetadora por despido injustificado

La magistrada Ximena López ordenó a Santa Isabel pagar una serie de prestaciones a la demandante, además de criticar fuertemente el actual sistema de empaque.

06 de Septiembre de 2017 | 18:03 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Después de ser presentada la causa en mayo de este año, este 4 de septiembre el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, falló la demanda laboral de despido injustificado presentada por una empaquetadora en contra del supermercado Santa Isabel de Coquimbo.

Fabiola Órdenes Ibarra, prestó servicios a la compañía durante cuatro años y, luego de "un despido indebido" y verbalmente por un subgerentes del local, la magistrada Ximena López ordenó a Santa Isabel pagar una serie de prestaciones que alcanzan un total de $2.876.000 (revise el fallo aquí).

En el dictamen se establece que "existió entre las partes una relación laboral pues prestó servicios bajo subordinación y dependencia, cumplía un horario; usaba un uniforme exigido por su empleador; las labores las realizaba dentro del establecimiento de la demandada, teniendo acceso a lugares reservados a los trabajadores y no pudiendo salir sin autorización. Las remuneraciones consistían en las propinas que mensualmente ascendía aproximadamente a un sueldo mínimo".

Según el fallo, "pese a los esfuerzos de la demandada (Santa Isabel) por encubrir esta relación laboral la prueba ha dado cuenta de su real naturaleza, debiendo primar la realidad por sobre las pretensiones de una de las partes de la relación laboral, que por cierto sólo pretende eludir la responsabilidad que le corresponde".

La jueza, señaló además que, a su juicio, "no es efectiva la afirmación de la demandada de que el empaquetador 'según la costumbre y uso de nuestro país' no es un trabajador del supermercado".

"No surgen los empaquetadores espontáneamente de gente que llega a los supermercados a embolsar los productos a otros por simple costumbre. No es una 'costumbre y uso de nuestro país' sino una vergonzosa forma de estos establecimientos comerciales de abaratar costos, aumentar sus ya elevadas ganancias y mantener un sistema de prestaciones de servicios absolutamente precaria".

Lo anterior, según la magistrada, se lleva a cabo "con jóvenes que carecen de una protección de salud y ante accidentes por el sólo hechos de ser estudiantes secundarios o universitarios que no pueden acceder a trabajos de tiempo completo".
"Se está así maltratando a una parte de nuestra sociedad que, por el contrario, debiera tener la máxima protección dado el notable esfuerzo que significa trabajar y estudiar, a la vez", sentenció.

Cabe destacar que en el dictamen se ordenó a Cencosud a pagar a la demandante: $264.000 como indemnización sustitutiva del aviso previo; $1.056.000 como indemnización por años de servicios; $528.000 por concepto del incremento del 50%; $528.000 como compensación de feriados proporcional y legal de acuerdo con lo pedido en la demanda, suma a la que este tribunal debe limitarse; además de $500.000 por los gastos incurridos en el juicio.
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