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Gremio del plástico envía al TC documento para frenar ley que prohíbe entrega de bolsas en el comercio

El gremio señala que la iniciativa "vulnera abiertamente los derechos constitucionales a desarrollar actividades económicas lícitas".

26 de Junio de 2018 | 13:13 | Redactado por Fernanda Villalobos Díaz, Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- La Asociación de Industriales del Plástico (Asipla) envió ayer lunes al Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento para impedir que la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en el comercio del país se apruebe.

En el documento, el gremio asegura que la iniciativa no sólo "vulnera abiertamente los derechos constitucionales a desarrollar actividades económicas lícitas y a la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, tanto genérica, como específica en materia económica, sino que, de ser tolerado por este Excelentísimo Tribunal implicaría reconocer al legislador una competencia ilimitada para prohibir de manera absoluta, total, permanente, arbitraria, selectiva y desproporcionada cualquier actividad económica lícita a su sólo capricho".

Además, el escrito, firmado por los abogados Gastón Gómez Bernales, Jose Francisco García y Francisco Cañas Sepúlveda, apunta que "si los principales consumidores de bolsas plásticas (los establecimientos comerciales) dejan de comprar bolsas plásticas, para entregarlas a sus consumidores, la actividad económica de producción y venta de bolsas plásticas deja de existir, o como actividad, se le impone un obstáculo/ impedimento insoslayable".

Por otra parte, el gremio señala que "no existe en nuestra Carta Fundamental, en la jurisprudencia constitucional, en las obras de nuestros más destacados maestros constitucionalistas, un principio o regla constitucional, ni el más mínimo indicio, que pueda amparar lo que esta iniciativa, pretende, se convierta en ley de la República".

En efecto, continúa, si es tolerada esta iniciativa, "la discusión no será acerca de si se ha establecido con precisión los límites a las regulaciones que son tolerables, de acuerdo a la Carta Fundamental, o de las prohibiciones que no lo son (o regulaciones de tal intensidad que devienen en prohibiciones); sino, más bien, cuál es la siguiente industria o actividad económica que, por razones de impopularidad ante la opinión pública, o el puro capricho del legislador, se estime conveniente prohibir o impedir cuando se trata de una actividad económica lícita".

"Con todo, estamos confiados en que esta Magistratura hará prevalecer el imperio del Derecho y la supremacía de la Carta Fundamental, pues cuando el legislador no ha considerado preceptos orgánicos constitucionales como tales, debiendo serlo, este Tribunal lo ha corregido debidamente", añade.

Finalmente, dice que "como Asipla hacemos presente nuestras argumentaciones, en el ejercicio de nuestro derecho de petición, en el espíritu de lo expresado por este Excelentísimo Tribunal respecto de los aportes de terceros interesados en controles preventivos obligatorios realizados por este Tribunal y en la convicción del grave impacto y consecuencias económicas, sociales y de salud pública que conllevan la aprobación de este proyecto".
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