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Tribunal Ambiental de Santiago autoriza la detención de las faenas de extracción de áridos en dunas de Ritoque

La solicitud hecha por la superintendencia de Medio Ambiente al tribunal fue acogida debido a que las labores suponen un "riesgo de daño con el patrimonio arqueológico, flora y fauna".

01 de Septiembre de 2018 | 17:41 | Redactado por Pía Larrondo, Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- El Tribunal Ambiental de Santiago autorizó la detención de las actividades de extracción de áridos llevadas a cabo en un sector de las Dunas de Ritoque por la empresa Sociedad Ganadera y Extractora de Áridos Santa Ángela Ltda, luego de que el 30 de agosto pasado la superintendencia de Medio Ambiente hiciera una solicitud para la interrupción de estas.

Mediante un comunicado del tribunal, el ministro de turno, Felipe Sabando, explicó que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) "es precisamente el instrumento que busca predecir y prevenir las consecuencias que el proyecto puede generar en el medio ambiente, de modo que sus efectos se ajusten a la normativa vigente".

Por lo que para la autoridad, la ejecución de un proyecto "sin la correspondiente evaluación ambiental en el marco del SEIA, tratándose de una de las tipologías establecidas en el reglamento y, además, excediendo con creces los límites establecidos para la ejecución de esta actividad en específico sin contar con una Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), constituye de forma indubitada un riesgo ambiental para los componentes ambientales identificados en sendas actividades de fiscalización realizadas por la solicitante".

Según el tribunal la empresa Áridos Santa Ángela "presentó un Programa de Cumplimiento con el correspondiente Plan de Acciones y Metas, el que actualmente se encuentra en etapa de análisis para su aprobación, el que considera la evaluación del proyecto en el SEIA".

Pero que lo anterior descrito, más lo antecedentes que manejan sobre el riesgo de daño con el patrimonio arqueológico, flora y fauna, el ministro Sabando concluyó en la resolución que "se presenta la inminencia de daño al medio ambiente a la que alude el artículo 48 de la LOSMA y la necesidad de la adopción de medidas provisionales".

Esta disposición tiene una vigencia de 30 días corridos, desde su notificación, y consiste en la detención del funcionamiento de la faena extractiva de áridos por parte de la citada empresa, en el sector noreste del campo de Dunas de Ritoque, que corresponde al Fundo Las Palmas, km 13, Ruta F-30-E, en la comuna de Quintero.
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