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Justicia confirma millonaria multa contra Enel por incumplir estándares de calidad

Tras el fallo, desde la empresa señalaron que "no nos corresponde comentar o emitir opiniones respecto de sentencias judiciales".

23 de Noviembre de 2018 | 10:33 | Por Equipo de Actualidad, Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó ayer la multa de 17.776 UTM ($856.092.160 al valor actual) aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a la empresa Enel Distribución Chile por bajos estándares en la calidad del suministro.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Arturo Prado, Ángela Vivanco y los abogados (i) Diego Munita y Julio Pallavicini– confirmó la sentencia dictada preliminarmente por la Corte de Apelaciones.

Consultada por Emol, la empresa señaló que "no nos corresponde comentar o emitir opiniones respecto de sentencias judiciales".

La multa fue cursada el 28 de diciembre de 2017 la SEC por haber incumplido los estándares de calidad de suministro que establece el reglamento, al haber incurrido en más interrupciones de servicio por alimentador que aquellas que admite la legislación.

La empresa alegaba que la acción de la SEC resulta ilegal y arbitraria porque fue dictada sin una justificación precisa del excesivo monto.

El fallo


La resolución consigna que "el reproche actual debe ser más intenso debido a que existió uno anterior que claramente no tuvo la aptitud suficiente para inhibir la realización de la conducta reprochada".

El fallo también señala que dada la naturaleza de servicio básico que tiene el suministro de electricidad, que el actuar de Enel "evidentemente genera perjuicio a todas aquellas personas que se vieron privadas del mismo por un tiempo mayor al permitido por la normativa vigente".

Sobre la multa, señala que "desde la perspectiva del beneficio económico obtenido con la infracción, se deben considerar los gastos que la empresa se ahorra al no invertir recursos suficientes para ajustar sus instalaciones a los estándares de calidad que deben proporcionar".

Asimismo, menciona una "falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones, siendo la empresa sancionada reiteradamente por la misma infracción en años anteriores".

El fallo concluye señalando que la multa equivale al 1% de las utilidades que Enel obtiene en un año por el servicio que presta, encuadrándose dentro de los rangos establecidos por el legislador.

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