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Nuevo tercer retiro comenzará su tramitación este martes: Los detalles del proyecto ingresado por el Gobierno

La iniciativa, que finalmente ingresó por la Cámara de Diputados, fue presentada con "discusión inmediata", por lo que deberá ser conocida y despachada por la respectiva Corporación en un plazo de seis días.

27 de Abril de 2021 | 00:00 | Redactado por B. Osses, Emol
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Pasadas las 21.00 horas de este lunes, el Presidente Sebastián Piñera ingresó en el Congreso el proyecto que busca permitir un tercer retiro de los fondos previsionales, como alternativa al impulsado por la oposición, por lo que la iniciativa comenzará a ser tramitada este mismo martes.

La propuesta, que finalmente ingresó por la Cámara de Diputados, fue presentada con "discusión inmediata", por lo que deberá ser conocida y despachada por la respectiva Corporación en un plazo de seis días.

Cabe recordar que el proyecto del Ejecutivo llega luego de que el Mandatario presentara un requerimiento ante el Tribunal Constitucional con el fin de frenar la ley patrocinada por la oposición. Con lo anterior, si bien tal iniciativa que quedó en condiciones de convertirse en ley, aún se encuentra a la espera que lo que defina el órgano.

"Este nuevo proyecto de ley que se propone (...) modifica la ley Nº 21.295 y permitirá a los chilenos nuevamente retirar el 10% de sus ahorros previsionales, solucionando los problemas del proyecto de reforma constitucional recientemente aprobado por el H. Congreso Nacional", señala al respecto el texto que fue ingresado avtravés de la Oficina Virtual de la Cámara.

"Este proyecto de ley de retiro extraordinario y recuperación de ahorros previsionales se hace cargo de las urgentes necesidades de las familias, otorgando beneficios a 3 millones de cotizantes que hoy tienen saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización y estableciendo un mecanismo para recuperar los ahorros previsionales retirados, fortaleciendo así las pensiones futuras", añadió el Ejecutivo en el documento, que detalla el contenido de la iniciativa.

1-. Derecho a retiro excepcional, único y extraordinario


El proyecto establece el derecho a realizar, por única vez y de forma excepcional y voluntaria, un retiro para todos los afiliados y a toda persona que pertenezca al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, por hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

Se establece como monto mínimo de retiro la cantidad equivalente a 35 Unidades de Fomento (UF) y, como monto máximo, la cantidad de 150 UF. "Si el saldo acumulado es inferior a la cifra mínima, se autoriza el retiro de la totalidad de los fondos", señala el texto al respecto.

2-. Procedimiento y solicitud de retiro

Ahora bien, para efectos de solicitar el retiro, la iniciativa señala que el afiliado deberá presentar la solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente.

"Las Administradoras deberán a su vez informar al afiliado el efecto del retiro en su futura pensión de forma clara, sencilla y, de ser necesario, incorporando elementos gráficos", explica.

Además, detalla que la entrega de los fondos se realizará en un plazo máximo de veinte días hábiles contado desde la presentación de la solicitud ante la Administradora respectiva.

3-. Cotización adicional y Bonificación de Cargo Fiscal.

Por otra parte, con el fin de "recuperar los ahorros previsionales retirados y para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes", se establece una cotización adicional de un 1% de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda.

Adicionalmente, agrega, "el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes. Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador".

La cotización y la bonificación fiscal no estarán afectos a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora, precisaron.

4-. Bono de Cargo Fiscal

Por otra parte, el texto detalla que los afiliados que, al 31 de marzo de 2021 registren en su cuenta de capitalización individual un saldo igual o inferior a $200.000 y tengan al menos 3 meses de afiliación, tendrán derecho a un bono de cargo fiscal por la cantidad de $200.000.

Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por este si así lo desea. Además, "no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora".

5-. Anticipo solidario a pensionados de renta vitalicia

Finalmente, otro punto a destacar es que "se otorgará un anticipo de cargo fiscal para pensionados de renta vitalicia, por el monto equivalente hasta un 10% de la reserva técnica, con tope de 100 Unidades de Fomento. Este anticipo se irá descontando de su renta vitalicia en cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un 10% de su pensión bajo esta modalidad, hasta enterar el monto anticipado".
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