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Rol de las AFPs y fin al retiro programado: Lo que se sabe de la reforma previsional que presentará el Gobierno

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, comentó este lunes que "durante los próximos días se definirá la fecha precisa" en la que se dará a conocer el texto definitivo.

26 de Septiembre de 2022 | 16:31 | Por Ignacia Munita C., Emol
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El Mercurio
Este lunes se esperaba que el Gobierno definiera la fecha para presentar la reforma de pensiones, lo que estiman ocurrirá durante octubre. Ello, luego de que su ingreso al Congreso se haya postergado desde agosto hasta después del Plebiscito constitucional del 4 de septiembre.

Con todo, en el marco del comité político que se lleva a cabo cada lunes en el Palacio de La Moneda, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, fue consultado por el tema, a lo que el jefe de la billetera fiscal indicó que "hay que tener un poco más de paciencia, pero estamos un poco más cerca (…) durante los próximos días se definirá la fecha precisa".

Asimismo, afirmó que "cuando se presente la reforma se podrán explicar todas su partes, la gracia de presentar la reforma completa es que se entienda en su conjunto. Si uno la analiza por parte, no la podrá entender".

Pese a que las autoridades habían iniciado diálogos desde abril con algunos sectores para sumar voluntades a su proyecto, en las últimas semanas el trabajo se ha intensificado, tanto con parlamentarios de distintas bancadas como también con expertos. Y si bien el texto final aún no se difunde, ya han trascendido ciertos detalles respecto de los cambios que busca implementar al sistema.

¿Cómo operará? la reforma apunta a aumentar gradualmente la cotización en 6%, con cargo al empleador, desde el actual 10% obligatorio, en línea con lo que se había planteado en el programa de Gobierno.

Además, las AFPs dejarán de existir tal como se conocen hoy, y deberán transformarse en gestores privados bajo las condiciones del nuevo régimen si es que aspiran a seguir invirtiendo el stock de ahorros -para ello, deberán contar con un giro único y serían aprobadas por la Superintendencia de Pensiones-, lo que implica que ya no tendrán la administración de cuentas y demás actividades de soporte.

Esta última labor recaerá en un servicio público, que podría ser el actual Instituto de Previsión Social (ISP) robustecido, y que tendrá la función de recaudar las cotizaciones, atención de afiliados y pagar las pensiones.

Lo que sí, para la gestión de inversiones, cuyo fin es rentabilizar los ahorros, también se crea un ente público que también cumplirá ese propósito, el cual, según explican en el Ejecutivo, tendrá carácter de autónomo política y financieramente. Además, contará con un gobierno corporativo colegiado de carácter técnico.

De esta forma, tanto el stock del actual 10% de cotización como el futuro 10% se mantendrán en cuentas de capitalización individual, y las personas podrán elegir si la gestión de inversión de esos recursos las hace un gestor privado, o en su efecto, el nuevo ente público. El 6%, en tanto, se destinará al nuevo componente colectivo del sistema previsional, y su gestión de inversión quedará a cargo del nuevo ente público autónomo.

Posteriormente, al momento de la jubilación, las personas recibirán lo que hayan ahorrado individualmente con su 10%, más un aporte de lo que se ahorró colectivamente con el 6%.

Eso sí, este componente tendrá, al menos hasta ahora, tres factores para su distribución: primero, por género, aportando más a las mujeres; segundo, por densidad de cotización, lo que implica que recibirán más quienes más años coticen para no incentivar la informalidad; y tercero, por ingreso, de modo que las personas de menores sueldos puedan mejorar más su pensión -factor que continúa en análisis-.

Al inicio de la reforma, una parte de ese 6% se destinará a reparto inmediato, a fin de mejorar las actuales jubilaciones más bajas, y solo una parte se ahorrará durante la transición. Hacia adelante, se espera que cada vez el componente de ahorro sea nayor hasta llegar a la totalidad.

Por otro lado, la Pensión Garantizada Universal (PGU) también es parte de la reforma, y la idea es que esta base de pensión pueda llegar al 100%, desde el actual 90% de la población de menores recursos, eliminando el llamado “test de afluencia”. Sin embargo, se mantiene la escala que se entrega como beneficio y que depende del nivel de pensión.

Renta vitalicia con herencia

Actualmente, las personas, al pensionarse, tienen que elegir entre retiro programado o renta vitalicia. Sin embargo, dado que la primera modalidad es un producto que no protegería a las personas de los riesgos de longevidad, o los vaivenes de rentabilidad de los mercados financieros, e incluso, la inflación, la reforma apunta a incorporar una renta vitalicia con opción de herencia, dejando fuera del sistema al retiro programado, como anunció la ministra del Trabajo, Jeannette Jara el domingo.

Según consignó Pulso, esta nueva alternativa tiene la ventaja de que, al igual que una renta vitalicia simple, garantiza al titular de una pensión fija en UF para siempre, y al momento de fallecer el causante, ente una pensión de sobrevivencia a los beneficiarios.

Esta variante presentaría el atributo adicional de herencia bajo las siguientes condiciones: en caso de que la persona fallezca en los primeros 20 o 25 años desde que se jubiló, se entregaría una herencia decreciente a los herederos legales; pero si la persona sobrevive al plazo mencionado, recibiría una renta vitalicia hasta su fallecimiento. Es decir, desde ahí en adelante no habrá opción a herencia, pero seguirá recibiendo su pensión.

No obstante, esta opción de herencia tendría un costo en términos de menor pensión, aunque con la alternativa sin herencia, de todas maneras habría pensión de sobrevivencia.
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