EMOLTV

SII: Personas que recibieron ganancias por apuestas online deben declararlas en Operación Renta

El Servicio de Impuesto Internos publicó hace algunos una resolución que declaró "ilícitas" a las plataformas extranjeras de apuestas que operan en el país.

28 de Marzo de 2023 | 15:39 | Redactado por Tomás Molina J., Emol
imagen
El Mercurio
El Servicio de Impuestos Internos (SII) aclaró este miércoles que las personas que obtuvieron ganancias a través de plataformas de apuestas online deben declarar en la Operación Renta que inicia en abril, de lo contrario, caerán en incumplimiento tributario y podrían ser convocados a rectificar su declaración.

Esto, en medio del debate en Chile respecto de la legalidad de estas plataformas, el cual se agudizó hace algunos días cuando el mismo SII publicó una resolución en que declaró "ilícitas" a las plataformas de apuestas digitales extranjeras, dejándolas fuera del régimen simplificado de IVA para contribuyentes foráneos.

"Su obligación sería declarar", subrayó el director del SII, Hernán Frigolett, en el marco del lanzamiento de la Operación Renta 2023.

En ello profundizó la subdirectora de fiscalización del organismo, Carolina Saravia, quien explicó que "toda persona que tiene un aumento de patrimonio en un año definido debe declarar esas rentas en su declaración de renta del mes de abril".

"En el caso específico de las personas que puedan haber obtenido un aumento de sus patrimonios, por lo tanto una renta producto de las apuestas en estas plataformas online, debieron haber declarado en el minuto que la obtuvieron en el formulario 50 como renta esporádica con una tasa del 25%", añadió.

Luego, continuó, "lo que deben hacer es declarar ahora en el proceso de la Operación Renta el total de las rentas que obtuvieron durante 2022 producto de los juegos en estas plataformas y pueden utilizar de crédito el impuesto que pagaron durante el año pasado. Si no pagaron el impuesto como renta esporádica entonces sí o sí deben incorporar esas rentas en el formulario 22, hay un código específico, el 1104, que es para las rentas de fuentes extranjeras, cualquier renta de fuente extranjera".

"Nosotros no tenemos la información en estos momentos de quiénes obtuvieron esas rentas, sí sabemos quienes apostaron, pero no la información de quiénes obtuvieron esas rentas. Ellos deben complementar la información", precisó Saravia.

Además, advirtió que "nosotros controlamos la justificación de inversiones, por lo tanto, si se realizaran inversiones con esas rentas nosotros los vamos a detectar y llamar a proceso de fiscalización en caso de que no hayan incorporado esa información".

Frigolett , por su parte, recordó que en Chile opera el secreto bancario de las cuentas de los contribuyentes, excepto en aquellos casos en los que se registren transacciones que superen las 1.500 UF. "Si alguien obtuvo un premio y le fue muy bien, con una transferencia que supere eso, bueno va a quedar en el radar del Servicio", dijo.

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?