EMOLTV

Cordero vs. Zapata: El debate por la "mutualización" se toma (y divide) la discusión por ley corta de isapres

El ministro de Justicia recalcó, en la comisión de Salud del Senado, que incluir este mecanismo infringiría la Constitución. Mientras que el abogado y especialista en derecho públiclo discrepó de esa mirada.

14 de Noviembre de 2023 | 13:32 | Por Pablo San Martín, Emol
imagen

Luis Cordero, ministro de Justicia, y Patricio Zapata, abogado especialista en derecho público.

Emol
El ministro de Justicia, Luis Cordero, y el abogado especialista en derecho público, Patricio Zapata, asistieron esta mañana a la comisión de Salud del Senado para exponer sus puntos de vista acerca de la exclusión de la mutualización en las indicaciones que el Gobierno ingresó a la ley corta de isapres hace algunos días.

Y es que este concepto -el de mutualización- ha sido el que ha concentrado buena parte de la discusión luego de que el Ejecutivo enviara las modificaciones. Esto, porque -al proponer subsidios cruzados- rebaja tanto la deuda de las isapres (por un cambio en el cálculo) como el número de usuarios a quienes habría que hacerles devoluciones.

El comité técnico de la comisión de Salud, sin embargo, consideró en su informe que el mecanismo es fundamental para la supervivencia de la industria.


Así, ambos abogados expusieron sus posturas. La principal diferencia estuvo en sí la mutualización violaría o no el artículo 76 de la constitución, que prohíbe al Presidente de la República y al Congreso avocarse a causas pendientes y revisar los fundamentos de los fallos.

Cordero: "Implicaría infringir el artículo 76 de la constitución"


Desde el Ejecutivo han señalado desde el inicio que la exclusión de la mutualización en las indicaciones fue por una razón "estrictamente jurídica". Y es eso justamente lo que Cordero intentó recalcar esta mañana en su presentación frente a la comisión.

Así, el titular de la Cartera subrayó -entre varios otros aspectos- que "la Corte establece una obligación de restitución. Esto desde el punto legal es extremadamente importante. La Corte señala que los ingresos percibidos deben ser restituidos".

Indicó también que "la Corte Suprema no otorgó pura y simplemente la ampliación del plazo. En la resolución del 5 de octubre de 2023 la Corte recordó lo que había ordenado".

En ese sentido, destacó que "el Ejecutivo no puede tener, o enfrentar esta situación, de un modo distinto. Primero, porque el Ejecutivo es el sujeto obligado en relación a esta resolución y, por lo tanto, debe ajustarse estrictamente a lo decidideo por la Corte. Lo segundo, es que el mandato de la Corte es una orden de restitución. Lo tercero, es que existe una constatación de ilegalidad y, por lo tanto, no es una sentencia declarativa de derechos".

{RELACIONADAS https://www.emol.com/noticias/Economia/2023/10/31/1111513/nuevo-golpe-isapres.html; https://www.emol.com/noticias/Economia/2023/08/10/1103781/impacto-financiero-fallo-ges-isapres.html

Así, concluyó señalando que "obrar de otro modo, en opinión del Ejecutivo, respecto de sus indicaciones, implicaría infringir el artículo 76 de la constitución, pues implicaría volver sobre los fundamentos y motivos que tuvo lña Corte para decir este asunto".

Zapata: "No me parece que el fallo de la corte traiga aparejada la exclusión de esta fórmula"


Tras la exposición del ministro Cordero, la comisión de Salud le dio la palabra a Zapata, quien comenzó transparentando que habían sido las isapres las que le pidieron evaluar la exclusión del mecanismo de mutualización.

Durante su exposición, el académico fue enfático en señalar que "en términos jurídicos no me parece que el fallo de la corte traiga aparejada la exclusión de esta fórmula".

Zapata destacó en su discurso "hay ocasiones en que la Constitución impida que algo se haga, pero uno esperaría que sean casos claros. No hipotéticos, opinables, discutibles".

Indico también que "creo difícil sostener que los fallos del 30 de noviembre de 2022 pertenecen a la categoría de esos dictámenes prístinos, evidentes, inequívocos. La propia Corte Suprema estuvo durante dos meses en la duda".

El abogado subrayó además que "si un fallo admite varias interpretaciones y hay una que es más funcional, más útil, más coherente con el sistema (...) preferimos esa interpretación. Por útil, y porque asumimos que el tribunal actúa racionalmente".

Zapata dijo además que "el Gobierno nos ha dicho que en su interpetación, lo que propuso la comisión técnica violaría el artículo 76. Y es respecto de esa afirmación que yo quiero manifestar mi desacuerdo".

Esto, manifestó, pues "determinar cuál es el sentido de un fallo, habiendo sido confiada la aplicación del fallo al Ejecutivo, y entender que ahí hay un mandato unívoco, me parece que hay un paso. Del hecho de que el artículo 76 obligue a cumplir la sentencia a concluir que el fallo obliga a una cierta conducta, hay un paso".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?