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Isapres: Super de salud establece lineamientos para la resolución de reclamos por alza GES

El organismo dictó hace algunos días una circular con instrucciones para que las isapres contabilicen en sus balances lo que devolverán.

04 de Enero de 2024 | 18:01 | Por Pablo San Martín, Emol
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El Mercurio
En diciembre las isapres comenzaron a aplicar el fallo de la Corte Suprema por las alzas a los planes por concepto de Garantías Explícitas de Salud (GES). El mandato de la justicia establecía que las aseguradoras debían volver a los precios del periodo 2019-2022 y restituir los cobros en exceso.

El primer aspecto ya comenzó a ser aplicado por las isapres.Es decir, las aseguradoras ya bajaron sus planes, en concordancia con el dictamen.

Sin embargo, no existía total claridad acerca de qué ocurriría y cómo se implementaría el segundo -el de las devoluciones.


Esto hasta hace algunos días. Y es que el 27 de diciembre la superintendencia de Salud emitió una circular para abordar los reclamos que recibió entre el 1 de septiembre y el 1 de diciembre de 2022. En ella, se detalla que las devoluciones serían para quienes reclamaron a la superintendencia por las alzas.

Así, el informe de la entidad señala que "la determinación del pasivo que deberá contabilizar cada institución contemplará el reconocimiento de la obligación por el total de beneficiarios (cotizantes y cargas) que efectuaron reclamos en la Superintendencia de Salud entre el 1 de septiembre y el 1 diciembre de 2022 y vigentes al momento de quedar firmes y ejecutoriados los fallos de la Excma. Corte Suprema y la variación del valor de la prima GES".

El instructivo dice, además, que "para cada uno de los meses de remuneración posteriores al momento de quedar firmes y ejecutoriados los fallos de la Excma. Corte Suprema, y hasta que se haya modificado el valor de la prima GES, el monto de la obligación a registrar contablemente y que debe ser garantizado, corresponderá al total de beneficiarios del contrato que presentaron reclamos ante la Superintendencia de Salud, vigentes al momento de quedar firmes y ejecutoriados los fallos de la Excma. Corte Suprema, por el diferencial de la prima GES, por el valor de al UF a la fecha de registro de la obligación".

Por último, señala también que "los montos generados por sobre cotizaciones afectas por el valor diferencial de la prima GES, que den origen a excedentes y/o excesos de cotización, se reconocerán en una cuenta corriente individual que las isapres deben mantener para tal efecto".

Pero durante los últimos días el organimos no solo dictó la circular, sino que también comenzó a resolver los 153 mil reclamos que afiliados hicieron contra las isapres en la superintendencia debido al incremento del precio GES. Según consignó La Tercera, hasta este miércoles, ya iban más de 46 mil reclamos resueltos en primera instancia por la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales.
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